Instrucciones sobre el suministro de información por las entidades locales en relación con la prestación del servicio de transporte público
Redacción Derecho Local
Mediante Resolución de 9 de marzo de 2021, la Secretaría de Estado de Hacienda ha publicado estas instrucciones sobre procedimiento y plazo de remisión, así como el contenido del formulario a completar por las entidades locales.
En el BOE del 12/03/2021 se ha publicado la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan instrucciones relativas al suministro de información por las entidades locales en relación con la prestación del servicio de transporte público.
El objeto de esta Resolución es establecer el procedimiento y el plazo de remisión, así como el contenido del formulario para recabar información financiera necesaria derivada de la prestación del servicio de transporte público urbano o interurbano por parte de las entidades locales.
Esta información servirá de fundamento para determinar una posible futura concesión directa de subvenciones a favor de aquellas entidades en las que concurra la condición de haber prestado dicho servicio en cualquier modalidad, lo que se determinará, en su caso, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, considerando a estos efectos el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se ha producido la situación de pandemia y que fue 2019.
Ello afecta a los ayuntamientos que prestan habitualmente el servicio regular de transporte público urbano o interurbano, con independencia de la modalidad de gestión del mismo.
El plazo para presentar la información es de quince días naturales a contar desde el de apertura de la aplicación informática de captura que estará accesible en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.