16 oct
2023

El TS reitera que las gratificaciones por jubilación anticipada de funcionarios municipales tienen naturaleza de retribución


Redacción Derecho Local

El TS considera que las gratificaciones por jubilación anticipada de funcionarios municipales previstas en los acuerdos de las entidades locales tienen naturaleza de retribución.

El TS, mediante la sentencia de 20 de septiembre de 2023, reitera su criterio jurisprudencial señalando que las gratificaciones por jubilación anticipada previstas en acuerdos de entidades locales tienen naturaleza de retribución y, por consiguiente, sólo pueden considerarse ajustadas a Derecho en la medida en que tengan fundamento en alguna norma legal de alcance general, relativa a la remuneración de los funcionarios de la Administración local.

Dado que en los casos resueltos hasta la fecha no se había identificado ninguna norma de cobertura, la conclusión es que dichos acuerdos de las entidades locales son inválidos.