Medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad en Navarra


Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 19 de junio de 2020, por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad y se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

BON 136/2020 de 20 de Junio de 2020

Las medidas establecidas en este acuerdo resultan de aplicación en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. La vigilancia de su cumplimiento corresponde a las autoridades competentes, en el ámbito de sus competencias.

Entre las medidas aprobadas se establecen el respecto a las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19 y el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla exigible de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020, de medidas urgentes de prevención, contención, y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria originada por COVID-19.

Asimismo, se establecen otras medidas concretas en materia de velatorios y entierros, lugares de culto, celebraciones religiosas o civiles, locales comerciales, servicios profesionales abiertos al público, mercadillos, parques comerciales, academias, autoescuelas, centros de formación de enseñanza no reglada, establecimientos de hostelería, restauración, hoteles y alojamientos turísticos, biblotecas, archivos, museos, cines, teatros, y espacios similares destinados a espectáculos públicos, actividades culturales y recreativas, instalaciones deportivas, actividades de tiempo libre, playas y parques, establecimientos de ocio nocturno, instalaciones taurinas, y locales de juego y apuestas.

Por otro lado se regulan medidas en los siguientes ámbitos:

- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Servicios sociales.

- Centros docentes que imparten enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- Ocupación, uso y limpieza de los vehículos en el transporte terrestre de competencia de la Comunidad Foral de Navarra y en relación con las estaciones de autobuses.

- Obligaciones de información sobre casos de COVID-19.

1.º 
Entrada en la nueva normalidad.

2.º 

3.º 
Ámbito de aplicación.

4.º 
Planes específicos de seguridad, protocolos organizativos y guías.

5.º 
Seguimiento y modificación de medidas.

6.º 
Control del cumplimiento de las medidas y régimen sancionador.

7.º 
Efectos.

8.º 
Mantenimiento de los efectos de las órdenes forales y resoluciones dictadas con anterioridad a este acuerdo, relacionadas con COVID-19.

Las siguientes órdenes forales y resoluciones del Departamento de Salud, dictadas con anterioridad a este acuerdo y relacionadas con COVID-19, mantendrán sus efectos:

–Orden Foral 5/2020, de 21 de marzo, por la que se nombran responsables en la red del sistema sanitario público y privado de la Comunidad Foral de Navarra, en relación con la enfermedad denominada COVID-19.

–Orden Foral 7/2020, de 26 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se determina la puesta a disposición del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra del personal de las mutuas de accidentes de trabajo durante la duración de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

–Orden Foral 9/2020 de 27 de marzo, de la Consejera de Salud por la que se crea el Comité asesor sobre decisiones éticas en el cuidado del paciente de coronavirus (COVID-19) y sus modificaciones.

–Orden Foral 16/2020, de 18 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se nombran coordinadores ejecutivos responsables de la asistencia sanitaria en las residencias, públicas y privadas, de personas mayores de la Comunidad Foral de Navarra, en relación con la enfermedad denominada COVID-19 y sus modificaciones.

–Orden Foral 17/2020, de 24 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se dictan instrucciones y medidas en relación con la Orden SND/ 344/2020, de 13 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para el refuerzo del Sistema Nacional de Salud y la contención de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y se nombra responsable de la coordinación ejecutiva de la red de centros autorizados para la realización de pruebas diagnósticas PCR para la detección de COVID-19.

–Resolución 297/2020, de 5 de mayo, del Director General de Salud que desarrolla la Orden Foral 17/2020, de 24 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se dictan instrucciones y medidas en relación con la Orden SND/ 344/2020, de 13 de abril, en la que se establecen medidas excepcionales para el refuerzo del Sistema Nacional de Salud y la contención de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y se nombra responsable de la coordinación ejecutiva de la red de centros autorizados para la realización de pruebas diagnósticas PCR para la detección de COVID-19.

–Orden Foral 18/2020 de 7 de mayo, de la Consejera de Salud, por la que se crea la Comisión para la Transición en Navarra (COVID-19).

9.º 

Medidas de prevención e higiene

1. 
Medidas generales.

2. 
Medidas generales de higiene y protección.

3. 
Aforos y medidas de prevención específicas por sectores.

4. 
Medidas relativas a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

5. 
Medidas relativas a servicios sociales.

6. 
Medidas relativas a centros docentes que imparten enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7. 
Medidas en relación con la ocupación, uso y limpieza de los vehículos en el transporte terrestre de competencia de la Comunidad Foral de Navarra y en relación con las estaciones de autobuses.

8. 
Obligaciones de información sobre casos de COVID-19.

9. 
Recomendaciones derivadas del Acuerdo del Consejo Interterritorial, de fecha 14 de agosto de 2020, del Sistema Nacional de Salud, sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19

10. 
Uso de mascarillas

11. 
Reuniones en espacios públicos abiertos de grupos de más de 10 personas