Prórroga de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, en relación a las previsiones de la Administración electrónica
Redacción Derecho Local
Mediante RD-ley 28/2020 se pospone la vigencia de estas previsiones contenidas en la Ley 39/2015 al 2 de abril de 2021.
Mediante la Disp. Final 9ª del RD-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, publicado en el BOE el 23/09/2020, se modifica la Disp. Final 7ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativa a su entrada en vigor, con la finalidad de aplazar la efectividad de las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico. Se contempla así que la administración electrónica producirá efectos a partir del día 2 de abril de 2021.
Recordemos que esta modificación ya se contenía en el RD-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, derogado por no convalidación por el Congreso de los Diputados.