COVID-19. Modificación de medidas en los niveles de alerta sanitaria en Baleares


Decreto 19/2021, de 26 de febrero, de la presidenta de las Illes Baleares, por el que se modifica el Decreto 18 /2020, de 27 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se actualizan las medidas establecidas como consecuencia de la declaración del estado de alarma para hacer frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, y se vinculan a los niveles de alerta sanitaria.

Vigente desde 27/02/2021 | BOIB 28/2021 de 27 de Febrero de 2021

Se modifica el Decreto 18/2020, por el que se actualizan las medidas establecidas como consecuencia de la declaración del estado de alarma para hacer frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, y se vinculan a los niveles de alerta sanitaria, con dos objetivos:

- se posibilita mantener el toque de queda a las 22.00 h. en los niveles de alerta sanitaria 2 y 3;

- se posibilita modular o modificar los números máximos establecidos para las reuniones y encuentros en cada alerta sanitaria cuando lo exija una situación epidemiológica concreta, y siempre que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención contra la pandemia y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud.

Esta modificación mantiene su eficacia hasta las 00.00 horas del 9 de mayo de 2021.