COVID-19. Flexibilización de las medidas restrictivas adoptadas en el marco del estado de alarma en Aragón


Decreto de 24 de febrero de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto de 15 de enero de 2021, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma.

BOA Ext. 10/2021 de 25 de Febrero de 2021

Se modifica el Decreto de 15 de enero de 2021, por el que se establecen medidas en la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del estado de alarma, en el siguiente sentido:

- se eleva la hora de inicio de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 22:00 a las 23:00 horas;

- se levanta el confinamiento perimetral del municipio de Alcañiz;

- se eleva la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados de 4 a 6 personas.

Vigencia desde: 26-02-2021

Artículo único. 
Modificación del Decreto de 15 de enero de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma.

DISPOSICIONES FINALES 

Disposición final primera. 
Régimen de recursos.

Disposición final segunda. 
Entrada en vigor.