25 sep
2019

Suspensión parcial de la vigencia y aplicación de la Ley Foral 23/2018 de las Policías de Navarra, en relación con los auxiliares de Policía Local


Redacción Derecho Local

El TC admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra varios preceptos de esta norma.

El TC ha admitido a trámite el el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley Foral 23/2018, de las Policías de Navarra: arts. 1.1.c), 1.2.g), 11.7, 23.3, 24 y 27.1.

Al haber invocado el recurrente el art. 161.2 CE, el TC ha ordenado la suspensión de la vigencia y aplicación parcial de estos artículos:

- art. 1.2.g). Este precepto define el concepto de auxiliar de Policía Local como el personal contratado temporalmente en régimen administrativo por las Entidades Locales de Navarra que dispongan de Policía Local para el apoyo del personal de la misma por causas de absentismo, la provisión temporal de las vacantes existentes en sus respectivas plantillas orgánicas o la atención de necesidades relacionadas con la seguridad pública cuando no sea suficiente el personal fijo para hacer frente a las mismas.

- art. 24. Este artículo regula la figura del auxiliar de Policía Local, estableciendo los supuestos en los se que pueden contratar temporalmente estos auxiliares para realizar tareas de apoyo al personal integrante de la Policía Local, sin que puedan portar armas de fuego en ningún caso.

La suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos impugnados se produce desde la fecha de interposición del recurso (12 de agosto de 2019) para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado (25 de septiembre de 2019) para los terceros.