28 oct
2024

Publicación de la distribución del crédito destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz


Redacción Derecho Local

Se ha publicado en el BOE la Orden PJC/1174/2024, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los PGE 2023, prorrogados para 2024, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.

El 26 de octubre de 2024 se publicó en el BOE la Orden PJC/1174/2024, de 21 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de octubre de 2024, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2024, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.

Las subvenciones a los ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz se modulan en función de la población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes tramos:

Número de habitantes Cuantía anual/euros
De 1 a 499 310
De 500 a 999 580
De 1.000 a 2.999 1.102
De 3.000 a 4.999 1.608
De 5.000 a 6.999 2.010
De 7.000 o más 2.346

No obstante, debemos tener en cuenta que:

En virtud de lo dispuesto en la disp. adic. 10 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, los ayuntamientos de los municipios integrantes de cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, constituidas con arreglo a lo dispuesto en el art. 50.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, percibirán el 50% de la cantidad que, por población de derecho, les corresponda. El otro 50% pasará a incrementar la cantidad que, en función de su población de derecho, corresponda a los ayuntamientos de los municipios sedes de las citadas Agrupaciones.

Este acuerdo solamente resulta aplicable a los ayuntamientos de Balears,  Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Región de Murcia.

No se aplica, porque están traspasadas las funciones a las respectivas comunidades autónomas, a los ayuntamientos de Cataluña, País Vasco, Galicia, Comunitat Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, Madrid, Principado de Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja.