25 sep
2023

Publicación de la distribución del crédito destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz


Redacción Derecho Local

Se ha publicado en el BOE la Orden JUS/1048/2023, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los PGE 2023, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.

El 23 de septiembre de 2023 se publicó en el BOE la Orden JUS/1048/2023, de 1 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de julio de 2023, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz.

Las subvenciones a los ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz se modulan en función de la población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes tramos:

Número de habitantes Cuantía anual/euros
De 1 a 499 310
De 500 a 999 581
De 1.000 a 2.999 1.103
De 3.000 a 4.999 1.607
De 5.000 a 6.999 2.008
De 7.000 o más 2.345

No obstante, debemos tener en cuenta que:

En virtud de lo dispuesto en la disp. adic. 10 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, los ayuntamientos de los municipios integrantes de cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, constituidas con arreglo a lo dispuesto en el art. 50.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, percibirán el 50% de la cantidad que, por población de derecho, les corresponda. El otro 50% pasará a incrementar la cantidad que, en función de su población de derecho, corresponda a los ayuntamientos de los municipios sedes de las citadas Agrupaciones.

Este acuerdo solamente resulta aplicable a los ayuntamientos de Balears,  Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Región de Murcia.

No se aplica, porque están traspasadas las funciones a las respectivas comunidades autónomas, a los ayuntamientos de Cataluña, País Vasco, Galicia, Comunitat Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, Madrid, Principado de Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja.