03 jul
2020

Nuevo plazo para remitir a la IGAE el Informe resumen del control interno de 2019 por las Entidades Locales


Redacción Derecho Local

El plazo para cumplir la obligación de envío de este informe regulado en el art. 37 RD 424/2017 expira el próximo día 16 de julio.

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) considera que la interrupción y suspensión de plazos en la Disp. Adic. 3ª del RD 463/2020, se interpretó que sería de aplicación al plazo de remisión del informe resumen a la IGAE, regulado en el art. 37 RD 424/2017 y, en consecuencia, estaría ampliado por una duración equivalente a la establecida para el estado de alarma.

Entiende la IGAE que el RD 537/2020 establece la regla general de reanudación del cómputo de los plazos administrativos suspendidos durante el estado de alarma y que el reinicio del cómputo de los plazos administrativos suspendidos sólo tendrá lugar cuando una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma expresamente lo prevea. Por tanto, afirma que la reanudación (o, excepcionalmente, el reinicio) del cómputo de los plazos administrativos suspendidos durante el estado de alarma tendrá lugar “con efectos desde el 1 de junio de 2020”, y no desde la finalización del estado de alarma.

En el caso de los plazos en este procedimiento, al no existir una norma con rango de ley que establezca el reinicio del cómputo de los plazos, considera la IGAE que se han reanudado a partir del 1 de junio de 2020. Por lo tanto, siendo el plazo inicial el 30 de abril de 2020 y quedando suspendido su cómputo el 14 de marzo, dado que se reanudan los plazos el 1 de junio en los términos expuestos anteriormente, el nuevo plazo para remitir el citado informe finaliza el próximo 16 de julio.