20 may
2019

Modificación de las Instrucciones técnicas sobre gestión del padrón municipal


Redacción Derecho Local

Mediante esta Resolución se acuerda modificar las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal, eliminando del apartado 2.1, relativo a la documentación acreditativa de la identidad, sus dos últimos párrafos.

Con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, de 28 de diciembre de 2018 , que declaró la nulidad de pleno derecho de la instrucción técnica aprobada por Resolución de 30 de enero de 2015, por considerarla discriminatoria para los menores extranjeros respecto de los nacionales españoles, en cuanto a los requisitos de identificación para la inscripción en el Padrón municipal, el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y el Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han aprobado la Resolución de 9 de mayo de 2019 (publicada mediante Resolución de 19 de mayo de 2019).

Mediante esta Resolución se modifica la Resolución de 30 de enero de 2015, eliminando estos dos párrafos de su apartado 2.1:

"Asimismo, para los menores extranjeros nacidos en España es obligatoria su inscripción en el Registro Civil y el traslado de la misma al correspondiente Libro de Familia, por lo que éste también será un documento suficiente para acreditar sus datos de identificación durante el plazo máximo de tres meses desde su nacimiento, tras el cual dicha acreditación se realizará con la misma documentación exigida para los mayores de edad.

Para menores extranjeros no nacidos en España la ley no realiza distinción con los mayores de edad, por lo que se exigirán los mismos documentos de identificación para ambos".