13 jun
2022

Modificación de condiciones financieras de préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales


Redacción Derecho Local

La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera de las Entidades Locales ha publicado el extracto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 6 de junio de 2022, que modifica estas condiciones financieras.

La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera de las Entidades Locales ha publicado el extracto del Acuerdo de Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 6 de junio de 2022, por el que se modifican las condiciones financieras de los préstamos formalizados por determinadas entidades locales hasta 31 de diciembre de 2021 con el Fondo de Financiación a Entidades Locales.

Del extracto publicado parece que se produce de nuevo una agrupación de préstamos y se amplía el período de amortización y de carencia.

También se ha publicado la Resolución de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se aprueban el procedimiento, el plazo y la forma, a los que deberán ajustarse las entidades locales al objeto de dar cumplimiento a los requisitos formales establecidos en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 6 de junio de 2022, para la aplicación de la medida de modificación de las condiciones financieras de las operaciones formalizadas con el Fondo de Financiación a Entidades Locales hasta 31 de diciembre de 2021 en apoyo de determinadas entidades locales.

Las entidades locales interesadas y que cumplan las condiciones impuestas en la citada Resolución deben ajustarse al siguiente calendario:

- A partir del 10/06/2022 las entidades locales pueden comprobar si se encuentran en el ámbito de aplicación de la Resolución.

- Entre el 27/06/2022 y el 08/07/2022, deben remitir la correspondiente solicitud aprobada por el Pleno de la Corporación, que deberá aprobar el compromiso de adopción de las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento al plan de ajuste y, en su caso, a aprobar las que requiera el Ministerio de Hacienda y Función Pública en el ejercicio de su función de seguimiento de dicho plan. Ambos acuerdos deberán adoptarse de forma separada.

A dicho acuerdo tienen que acompañar la modificación del plan de ajuste que recoja la adaptación del plan a las nuevas estructuras del préstamo.

A dicha fecha (esto es, a 08/07/2022) las entidades locales deben haber remitido liquidación del presupuesto de 2021.

- El 11/07/2022 se publicará la relación de entidades locales que soliciten la medida y que cumplan los requisitos.

- Previa la aprobación de la operación de agrupación o de la operación preexistente por el órgano competente, a partir del 29/09/2022 se procederá a la formalización del préstamo con el Fondo de Financiación a Entidades Locales.

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