La IGAE aprueba la adaptación de las Normas de Auditoría del Sector Público a las Normas Internacionales de Auditoría
Redacción Derecho Local
Mediante Resolución de 25 de octubre de 2019, se aprueba un cuerpo normativo cohesionado que recoge los principios y normas esenciales para realizar el trabajo de auditoría pública.
En el BOE del día 5/11/2019, se publica la Resolución de 25 de octubre de 2019, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación de las Normas de Auditoría del Sector Público a las Normas Internacionales de Auditoría.
En la citada Resolución se aprueban:
- Las treinta y cuatro NIA-ES-SP, las treinta y cuatro Notas Explicativas y el Glosario de Términos indicados en la relación del anexo, así como, los criterios de interpretación y aplicación, todos ellos aplicables a la auditoría de cuentas.
- El Código de Ética para la auditoría pública.
En el contexto del ámbito de aplicación de esta Resolución, a este conjunto de normas se le denomina «la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público en España»
Esta Resolución viene a ofrecer una mayor definición de los riesgos de control y de los riesgos de fraude, así como de los principales términos de auditoría y una explicación más concreta en las Notas Explicativas cuando sea necesario.
También implica una nueva estructura de informe de auditoría de cuentas más acorde con los nuevos requerimientos de información que necesitan los destinatarios y correspondiente con los objetivos de transparencia aplicables a la Administración Pública.
Esta Resolución es aplicable a las siguientes actuaciones:
- En las auditorías de cuentas efectuadas por todas las unidades funcionalmente dependientes de la IGAE en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas.
- En las auditorías de cuentas realizadas por la IGAE con la colaboración de auditores de cuentas o sociedades de auditoría del sector privado.
- En las auditorías de cuentas que lleve a efecto la IGAE a entidades públicas no pertenecientes al Sector Público Estatal en virtud de convenios firmados con otras Administraciones Públicas.
- En las auditorías de cuentas realizadas por otras Administraciones Públicas que, de acuerdo con la regulación vigente, estuviera prevista su aplicación.
Además, esta resolución se aplica a las auditorías de regularidad contable que no se efectúen sobre las cuentas anuales, sino sobre otros documentos contables con similares objetivos.
Los criterios incorporados constituyen principios y normas que deben observar los auditores en el desempeño de sus trabajos de auditoría de cuentas y en los que deben basarse las actuaciones que resulten necesarias para justificar las conclusiones que se alcancen y la opinión que se emita.