Intervención en la comprobación material de la inversión durante el estado de alarma
Redacción Derecho Local
Se autoriza que los actos de recepción correspondientes a las entregas que se produzcan durante el periodo de duración del estado de alarma, se realicen sin la asistencia de los representantes designados por la Intervención General.
En el BOE del día 24/03/2020 se ha publicado la Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre medidas a adoptar en el ámbito de la comprobación material de la inversión, durante el período de duración del estado de alarma declarado como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En esta Resolución se establecen las medidas a adoptar para el caso de la intervención en la comprobación material de la inversión, autorizándose que los actos de recepción correspondientes a las entregas que se produzcan durante el periodo de duración del estado de alarma, se puedan realizar sin la asistencia de los representantes designados por la Intervención General.