Incremento de retribuciones del personal de las entidades locales con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023
Redacción Derecho Local
Se aprueban instrucciones para hacer efectivo el incremento adicional de retribuciones previsto en el art. 19.Dos.2.a) LPGE 2023
En el BOE del 06/10/2023 se ha publicado la Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Esta Resolución tiene su fundamento en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Aunque la Resolución del 5 de octubre de 2023 se refiere al personal de la Administración del Estado, sus criterios deben aplicarse también por las entidades locales.
Para el año 2023 el incremento salarial fijo será del 2,5 % sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior. Adicionalmente en el año 2023, si la suma de la variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 %. Este posible incremento adicional del año 2023, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre de 2023.
Como se indica en el Acuerdo del Consejo de Ministros, la variación del IPCA del año 2022 se situó en el 5,5 %, de acuerdo con la información publicada por el INE con fecha 13 de enero de 2023. Por otra parte, el INE, con fecha 28 de septiembre de 2023, ha certificado que el IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 se sitúa en el 3,2 %
En consecuencia, se confirma que la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado de septiembre de 2023 supera el 6 por ciento de la suma de los incrementos retributivos fijos de 2022 y 2023, por lo que procede aplicar el incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por ciento, previsto en el citado artículo 19. Dos.2.a).
Por ello, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 3 de octubre de 2023, acordó:
Aprobar el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Este incremento se aplicará respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos de 1 de enero de 2023.