12 ago
2019

Inconstitucionalidad parcial del RD 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público


Redacción Derecho Local

El TC considera que determinados preceptos de esta norma invaden competencias autonómicas y carecen del carácter de legislación básica.

En el Boletín Oficial del Estado del 12/08/2019, se publica la sentencia del TC  100/2019, de 18 de julio, por la que se declara parcialmente la inconstitucionalidad de algunos artículos del RD 1112/2018, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

Recordemos que el RD 1112/2018 tiene por objeto garantizar los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público y otros obligados incluidos en su ámbito de aplicación. Y que, de conformidad con lo dispuesto en su art. 2, en el ámbito de aplicación se incluye las entidades que integran la Administración Local.

Pues bien, el TC estima parcialmente el conflicto positivo de competencia y declara lo siguiente:

a) el inciso «de aplicación en todo el territorio nacional» del art. 15.3 del RD 1112/2018 es inconstitucional y nulo; y que el texto restante del art. 15.3 invade competencias autonómicas y carece del carácter de legislación básica;

b) es inconstitucional y nulo el inciso «de las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas,» de la Disp. Adic. 2ª del RD 1112/2018; y

c) los arts. 12 (apartados 1º, 3º, 4º y 6º), 13 (inciso «de veinte días hábiles» del párrafo 2º del apartado 1º y apartados 2º a 6º), 16.2, 17.4 (primera frase) y 19.3 (inciso «para la definición de los modelos, condicionantes y procedimientos que permitan conocer regularmente e informar, el Ministerio de Política Territorial y Función Púbica»), así como la Disp. Trans. Única del RD 1112/2018, invaden competencias autonómicas y carecen del carácter de legislación básica.