Fecha de comienzo de la retención de la participación en tributos del Estado en el marco del procedimiento de pago a proveedores
Redacción Derecho Local
Mediante acuerdo de 5 de septiembre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos modifica las condiciones financieras aprobadas el 5 de abril de 2022, para prever la posibilidad de aplicar dicha retención en julio de 2023 en lugar de octubre de 2022.
En la sesión celebrada el día 5 de septiembre de 2022 la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha aprobado un acuerdo por el que se modifican las condiciones financieras aprobadas por aquélla el 5 de abril de 2022, en los casos de aplicación de retenciones de la participación en tributos del Estado para la financiación de los importes abonados a proveedores por el compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a Entidades Locales, por no haber formalizado préstamos con este último, en el marco de la
disposición adicional 94ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Con carácter general, la aplicación de las mencionadas retenciones se iniciará con cargo a la entrega a cuenta del mes de octubre de 2022.
No obstante, los ayuntamientos podrán solicitar en el mes de septiembre de 2022 diferir la fecha de inicio antes citada al mes de julio de 2023, en los términos que establezca esta Secretaría General.
En todos los casos anteriores, el tipo de interés aplicable desde el inicio de la deuda hasta el 30 de junio de 2023 será del 0%.
Se mantienen el resto de condiciones contenidas en el Acuerdo de la CDGAE de 5 de abril de 2022.