17 oct
2023

El TS permite excluir de una licitación pública a sociedad receptora de subvenciones públicas cuando presente una oferta anormalmente baja


Redacción Derecho Local

El TS considera posible excluir de la licitación de un contrato público a entidad que recibe financiación pública en caso de que presentase una oferta anormalmente baja.

El TS, mediante sentencia de 2 de octubre de 2023, considera que la participación en la licitación de un contrato por quien percibe dotaciones presupuestarias que suponen más del 80% de sus recursos, coloca al licitador en una situación ventajosa incompatible con el principio de libre concurrencia en contratación pública, en comparación con la de otros operadores económicos privados.

En estos casos, avala que se pueda excluir del procedimiento de licitación a una entidad, receptora de fondos públicos, en caso de oferta anormalmente baja.

En concreto, el Alto Tribunal señala que:

"Las empresas que reciban fondos públicos pueden participar en procesos de licitación para la adjudicación de un contrato público, concurriendo con otras entidades privadas sin que ello lesione, en principio, la libre competencia.

Únicamente resulta posible excluir una entidad que recibe financiación pública de un procedimiento de licitación en caso de que realizase una oferta anormalmente baja debido a la obtención de una ayuda de Estado o en caso de recibir subvenciones o ayudas no conformes a derecho.

El hecho de que dicha entidad pública mantenga una contabilidad separada entre sus actividades realizadas como operador económico en el mercado privado y sus restantes actividades es un elemento relevante a los efectos de descartar la existencia de ayudas que desvirtúen la competencia."