03 ene
2024

Efectos en las entidades locales de la prórroga de los presupuestos del Estado para 2024


Redacción Derecho Local

El RD-ley 8/2023 aprueba la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2024 con ciertos efectos en las entidades locales.

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El BOE de 28 de diciembre de 2023 publica el RD-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

A pesar de si denominación, la norma contiene la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2024 con ciertos efectos en las entidades locales:

- En el art. 24, con efectos desde el día 1 de enero de 2024, se fijan los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, a que se refiere el apartado 4 del art. 107 del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- En el art. 25 y ss se establecen las normas sobre la participación de las entidades locales en los tributos del Estado y compensaciones para el ejercicio 2024. Dichos preceptos afectan a la revisión cuatrienal de los ámbitos subjetivos de aplicación de aquellos modelos que se tiene que aplicar en 2024, y a las reglas que deben regir las entregas a cuenta de este año; así como a la actualización de los valores de los criterios de distribución de estas entregas y a la determinación de los criterios que permitan calcular el índice de evolución de los ingresos tributarios del Estado al objeto de proceder a la liquidación definitiva de las entregas transferidas en el año 2022

- Se mantiene la reducción del precio que los usuarios pagan por los abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte colectivo urbano e interurbano que prestan las comunidades autónomas y entidades locales y, por tanto, reducir el coste de su movilidad cotidiana. Para ello, se establecen ayudas del Estado a las comunidades autónomas y entidades locales que se comprometan a aplicar descuentos de al menos el 50% en el precio que pagan los ciudadanos por los abonos y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 (arts. 64 y ss)

- La disp. adic. séptima prevé una dotación extraordinaria para incrementar la financiación a las entidades locales, con motivo de los saldos globales negativos de las liquidaciones de la participación en tributos del Estado relativas al ejercicio 2020.

- La disp. adic. duodécima extiende a entidades locales y universidades públicas la exención de aplicar intereses de demora para las cuantías a reintegrar consecuencia de sobrantes en las subvenciones de concesión directa a favor de entidades del sector público concedidas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; ya introducida por el RD-ley 5/2023, de 28 de junio.