25 jul
2019

Comisión de trabajo bilateral entre Hacienda y la FEMP para flexibilizar la regla de gasto y el destino del superávit de los entes locales


Redacción Derecho Local

Se ha alcanzado un acuerdo histórico para la flexibilización de la regla de gasto, quedando pendiente abordar un nuevo modelo de financiación local.

La comisión técnica, formada por representantes del Ministerio de Hacienda, la FEMP, la AIReF, la IGAE y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, celebró el 24 de julio una reunión de trabajo en la que quedaron definidas las propuestas acordadas sobre la flexibilización de la regla de gasto que, con los actuales criterios, carecía de racionalidad, porque penalizaba a las Administraciones ahorradoras y favorecía a las que gastaban”, como recordó Abel Caballero, Presidente de la FEMP.

Ahora los acuerdos alcanzados en dicha reunión de trabajo deben ser elevados a los correspondientes órganos políticos, para su ratificación e incorporación por vía reglamentaria o legislativa.

Las propuestas aprobadas son:

  1. Elaboración de un Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su aplicación a las Entidades Locales
  2. Excepcionar de la aprobación de un Plan Económico Financiero a los supuestos de incumplimiento por uso del RTGG positivo.
  3. Establecimiento de un criterio claro de exclusión de los gastos atípicos y excepcionales en la regla de gasto.
  4. Exclusión de los gastos que tienen una contrapartida en ingreso en contabilidad nacional, siempre que se registre en el mismo ejercicio y por el mismo importe.
  5. Exclusión de las transferencias entre Entidades Locales asociadas a su financiación.
  6. Inclusión de los gastos plurianuales en Inversiones Financieramente Sostenibles.
  7. Ampliación del ámbito objetivo de las Inversiones Financieramente Sostenibles a los gastos de inversión dirigidos a evitar la despoblación, educación, medio ambiente y gasto corriente en fomento de empleo.
  8. Ampliación del ámbito objetivo de las Inversiones Financieramente Sostenibles en el caso de Entidades Locales en despoblamiento.
  9. Incremento del nivel de gasto computable en la regla de gasto.
  10. Inclusión como IFS de las transferencias de capital (siempre que no computen en las dos administraciones públicas implicadas).
  11. Incluir como incrementos permanentes de ingresos por cambios normativos, la afloración de nuevas unidades catastrales fruto de un Plan General Urbanístico.