27 abr
2023

Bases para acuerdos con entidades locales para garantizar la sostenibilidad financiera


Redacción Derecho Local

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha aprobado las bases y criterios para acordar un compromiso con ayuntamientos con préstamos formalizados con el FFEELL que garantice su sostenibilidad financiera.

La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha hecho público el extracto del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 24/04/2023, por el que se aprueban las bases y los criterios para acordar un compromiso con determinados ayuntamientos con préstamos formalizados con el fondo de financiación a entidades locales que garantice su sostenibilidad financiera.

Además, en el mismo Acuerdo se aprueba el desplazamiento a 30 de diciembre de 2023 del vencimiento de junio de 2023 correspondiente a las operaciones pendientes con el FFEELL de las entidades locales que soliciten la medida a la que se refiere este Acuerdo, sin que se deriven demoras financieras a su cargo.

El Acuerdo pretende un compromiso para la sostenibilidad financiera de las Entidades Locales, para que les permita cumplir una senda de evolución de las principales magnitudes financieras, incluyendo medidas que deban adoptar las corporaciones respectivas y considerando un marco de condiciones financieras aplicable a las operaciones pendientes con el FFEELL y que deberá aprobar la CDGAE en otro acuerdo posterior, de modo que la carga financiera sea sostenible a medio plazo.

Se podrán acoger a dicha medida las Entidades Locales que cumplan los siguientes requisitos:

- Que hayan presentado con anterioridad al 18 de abril de 2023, la liquidación del presupuesto de 2021 o la información de la ejecución del presupuesto del cuarto trimestre de 2021.

- Que tengan una carga financiera en 2023 derivada de operaciones con el FFEELL igual o superior al 8% de sus ingresos corrientes liquidados.

- Que tengan una deuda viva, en términos PDE, a 31 de diciembre de 2021, superior al 110% de sus ingresos corrientes en dicho ejercicio. En la determinación de la carga financiera se incluye la estimación de las retenciones que puedan aplicarse en aquellos casos en los que no se hayan formalizado préstamos.

Para dicha identificación el Ministerio ha tenido en cuenta la siguiente información:

a) Las cuotas correspondientes a 2023 de todas las operaciones de préstamo con el FFEELL formalizadas hasta 31 de diciembre de 2022, así como las estimaciones de las retenciones que, en su caso, se podrían aplicar.

b) Los derechos liquidados por ingresos corrientes según la liquidación del presupuesto de 2021, o, en su defecto, según la información de la ejecución de dicho presupuesto en el cuarto trimestre, en términos consolidados, de la administración general y organismos autónomos y entidades públicas empresariales dependientes de las entidades locales, sujetos al régimen de presupuesto limitativo.

La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales también ha publicado la relación de entidades locales que se pueden acoger a la citada medida se encuentra en el Anexo del Acuerdo y se puede consultar mediante acceso seguro y protegido en la aplicación del FFEELL.