Ampliación del plazo para la remisión de las líneas fundamentales del presupuesto de 2025
Redacción Derecho Local
La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha ampliado este plazo hasta el 20 de septiembre de 2024.
La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha ampliado el plazo para la remisión de las líneas fundamentales del presupuesto de 2025 hasta el 20 de septiembre de 2024 a las 24:00 horas.
Recordemos que el art.15 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece la obligación de remitir información sobre las líneas fundamentales de los Presupuestos para el ejercicio siguiente, recogidas en el art. 27.2 de la LO 2/2012, conteniendo toda la información necesaria conforme a la normativa europea.
La remisión, conforme al art. 5 de la Orden HAP/2105/2012, debe efectuarse por medios electrónicos y mediante firma electrónica a través del sistema que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas -MINHAP- habilite al efecto.
La aplicación presenta dos modelos: uno ordinario y otro simplificado.
El modelo ordinario debe remitirse por las entidades locales cuya población supere los 5.000 habitantes.
Mientras que el modelo simplificado debe remitirse por las entidades locales cuya población sea inferior a 5.000 habitantes, si bien podrán optar por la remisión del modelo ordinario si así lo decidieran. Elegido un modelo de formulario este podrá modificarse pero no se conservarán los datos introducidos.
El Ministerio recuerda que las reglas fiscales aplicables a las Administraciones Públicas españolas quedan reactivadas a partir del ejercicio 2024, quedando estas obligadas a su cumplimiento.
Esto ha dado lugar a recuperar en las Líneas Fundamentales de los Presupuestos 2025 la valoración relativa al cumplimiento de la regla de gasto en los formularios F.2.3 (modelo ordinario) y F.2 (modelo simplificado).