Abierto el plazo para introducir las órdenes de pago del cuarto trimestre de 2020 respecto al Fondo de Financiación
Redacción Derecho Local
La aplicación está disponible en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera de las Entidades Locales del 7 al 17 de septiembre de 2020.
En la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera de las Entidades Locales se ha habilitado la aplicación informática para que los Interventores de las entidades locales proporcionen al Instituto de Crédito Oficial la información necesaria para atender las necesidades financieras del cuarto trimestre de 2020 y ello tanto respecto de las solicitudes presentadas para la adhesión al Fondo de Ordenación regulado en el art. 39.1 apartados a) y b) RD-ley 17/2014, como de las presentadas para la adhesión al Fondo de Impulso Económico regulado en el art. 50 RD-ley 17/2014.
Con carácter general, desde el momento en el que la Entidad Local se adhiere al Fondo de Ordenación, en cualquiera de los dos compartimentos, deben comunicarse, dentro de la primera quincena del mes anterior al comienzo de cada trimestre natural, los importes que han ser satisfechos durante dicho periodo para así poder ser remitidas las oportunas órdenes de pago al ICO.
Recomendamos la lectura de la Guía explicativa del Fondo de Ordenación) y de la Guía explicativa del Fondo de Impulso Económico para facilitar información en la aplicación informática.