Orden CDS/85/2021, de 3 de marzo, por la que se modifican medidas y anexos de la Orden CDS/945/2020, de 30 de septiembre, por la que se actualizan las medidas de prevención y contención en los centros de servicios sociales especializados para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el virus SARS-CoV-2, tras haberse completado la primera etapa de vacunación frente a COVID-19
BOA Ext. 12/2021 de 4 de Marzo de 2021
Se modifica la Orden CDS/945/2020, por la que se actualizan las medidas de prevención y contención en los centros de servicios sociales especializados para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el virus SARS-CoV-2 al objeto de:
- flexibilizar las medidas específicas relativas a salidas voluntarias y temporales de personas residentes, retorno de personas residentes con derecho a reserva de plaza previa realización de prueba diagnóstica, nuevos ingresos previa realización de prueba diagnóstica, régimen de visitas y otros desplazamientos en favor de las personas residentes vacunadas, si bien, respecto a las personas residentes no vacunadas se continúa manteniendo el nivel de protección anteriormente establecido;
- habilitar a las entidades de acción social, públicas o privadas, para poder decidir no admitir nuevos ingresos de aquellas personas que o bien ellas o quien ostente la representación legal manifiesten su oposición a la vacunación, decisión que se va a tener en cuenta para la adjudicación de plazas concertadas. La vigencia de esta facultad se mantiene hasta haber alcanzado un elevado porcentaje de población vacunada;
- prever otras modulaciones: reducción de la distancia interpersonal de dos metros, a metro y medio, permitir la realización de actividades grupales en espacios exteriores de uso público, permitir visitas de 60 minutos y un mínimo de dos visitas semanales, aumentar de la duración y número de acompañantes ante el proceso de morir. Además, en caso de apertura de brote epidémico por coronavirus, se deja a la decisión del órgano competente en materia de salud pública la disposición de las medidas que resulten más adecuadas valorando caso por caso y de acuerdo a los criterios establecidos;
- se incluye una nueva medida especial en relación con los trabajadores sobre la realización de pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA).
Derogado por Apa. 36 de O Aragón CDS/518/2021 de 20 mayo de 2021