Orden INT/356/2020, de 20 de abril, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Vigente desde 22/04/2020 | BOE 111/2020 de 21 de Abril de 2020
Con el objeto de limitar la expansión del COVID-19, Gobierno de España aprobó la Orden INT/270/2020 por la que se recogía la restricción temporal de viajes desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen, por motivos de salud pública.
Mediante la nueva orden publicada se prorroga la restricción de entrada hasta el 15 de mayo por recomendación que realiza la Comisión Europea a través de la Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo y al Consejo de 8 de abril, y se establece el mantenimiento del cierre temporal de los puestos terrestres habilitados de Ceuta y Melilla.
Además esta orden aclara algunos aspectos recogidos en la Orden INT/270/2020 en cuanto a las excepciones a la restricción de viajes no imprescindibles.