30 mar
2020

El Gobierno acuerda un permiso obligatorio retribuido y recuperable para toda actividad no esencial para reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19


Redacción Derecho Local

Mediante RD-ley 10/2020, se regula este permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

En el BOE del día 29/03/2020 se ha publicado el RD-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Este permiso obligatorio retribuido abarca desde el día 30 de marzo hasta el 9 de abril de 2020, ambos inclusive, y conlleva que las personas trabajadoras conservan el derecho a la retribución que les hubiera correspondido de estar prestando servicios con carácter ordinario, incluyendo salario base y complementos salariales.