Norma Foral 3/2022, de 22 de junio, de modificación de la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Vigente desde 27/06/2022 | BOB 122/2022 de 27 de Junio de 2022
Esta norma eleva del 15 al 30% el tipo de gravamen máximo del IVTNU fijado por cada Ayuntamiento.
Vigencia desde: 27-06-2022
Hago saber que las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado en Sesión Plenaria de fecha 22 de junio de 2022, y yo promulgo y ordeno la publicación de la «NORMA FORAL 3/2022, de 22 de junio, de modificación de la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana », a los efectos que toda la ciudadanía, particulares y autoridades, a quienes sea de aplicación, la guarden y la hagan guardar.
En Bilbao, a 23 de junio de 2022.
El Diputado General, UNAI REMENTERIA MAIZ
Se modifica el punto 1 del artículo 5 de la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio.
El punto 1 del artículo 5 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana queda redactado como sigue:
Artículo 5.
1. El tipo de gravamen del Impuesto será fijado por cada Ayuntamiento y en ningún caso podrá exceder del 30 por 100.
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo dispuesto en esta Norma Foral.
Esta nueva Norma Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
En Bilbao, a 22 de junio de 2022.
El Secretario Segundo de las Juntas Generales, EMILIO LOBATO PASCUAL
La Presidenta de las Juntas Generales, ANA OTADUI BITERI