Se deroga la suspensión sobre la celebración de velatorios de personas fallecidas por Covid-19 en Cataluña


Resolución SLT/1079/2020, de 19 de mayo, por la que se deja sin efectos, en el ámbito de los servicios funerarios, la suspensión de las actividades de velatorio de personas muertas por la COVID-19 en instalaciones públicas y privadas, establecida en la Resolución SLT/737/2020, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas complementarias para la prevención y control de la infección por el SARS-CoV-2.

DOGC 8137/2020 de 20 de Mayo de 2020

Por medio de esta norma, se deja sin efectos la  Resolución SLT/737/2020 en relación con la suspensión de las actividades de velatorio de personas fallecidas por COVID-19 en instalaciones públicas y privadas.

Vigencia desde: 20-05-2020

En el contexto de evolución de la pandemia por la COVID-19, los órganos competentes de la Generalidad adoptaron medidas para restringir y limitar ciertas actividades con el objetivo de prevenir y controlar el avance del brote. Algunas de estas medidas tuvieron por objeto los servicios funerarios, concretamente mediante la Resolución SLT/737/2020, de 13 de marzo, por la cual se adoptan medidas complementarias para la prevención y el control de la infección por el SARS-CoV-2 se suspendieron en Cataluña las actividades de velatorio de personas difuntas por la COVID-19 en instalaciones públicas y privadas.

En el ámbito estatal, la dificultad en cumplir las medidas de contención y distanciamiento interpersonal para evitar los contagios de la COVID-19 en las ceremonias fúnebres, fruto de las especiales circunstancias de estos tipos de acontecimientos, de una parte, y el incremento de las defunciones por esta enfermedad que se añaden a las defunciones por otras causas, de la otra, estando ya vigente la declaración del estado de alarma, llevaron al Ministerio de Sanidad a dictar la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para evitar la propagación y contagio por la COVID-19. Esta Orden en su apartado tercero prohíbe los velatorios en todo tipo de instalaciones incluidos los domicilios particulares con independencia de la causa de la muerte.

En el momento actual de evolución favorable de la pandemia, se ha iniciado el proceso de desescalada gradual de las medidas restrictivas adoptadas en la fase aguda que tiene que permitir encarar la “nueva normalidad”, recuperar la vida cotidiana y la actividad económica con las máximas garantías para la salud pública.

En todo el Estado, los indicadores epidemiológicos demuestran una clara tendencia a la baja de nuevos contagios. Concretamente en Cataluña, la Rt se encuentra actualmente en 0,8 y la tendencia de nuevos casos sitúa la cifra en el número más bajo desde mediados de mes de marzo.

En este sentido, el Ministerio de Sanidad ya ha previsto medidas que permiten la celebración de velatorios y ceremonias fúnebres y la participación en comitivas de entierro o actos de cremación con asistencia de un número limitado de familiares y parientes próximos, número que cambia en función de la fase del Plan para la transición hacia una nueva normalidad en que se encuentre la localidad donde tienen que tener lugar estos tipos de acontecimientos.

A la vista de lo que se ha expuesto, en uso de la previsión contenida en el punto 2 de la Resolución SLT/737/2020, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas complementarias para la prevención y el control de la infección por el SARS-CoV-2 y en aplicación de la Ley 18/2009, del 22 de octubre, de salud pública y de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña,

Resolvemos:

1. 

Dejar sin efectos, en el ámbito de los servicios funerarios, la suspensión de las actividades de velatorio de personas muertas por la COVID-19 en instalaciones públicas y privadas, establecida en la Resolución SLT/737/2020, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas complementarías para la prevención y el control de la infección por el SARS-CoV-2.

2. 

Esta Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 19 de mayo de 2020

Alba Vergés i Bosch

Consejera de Salud

Miquel Buch i Moya

Consejero de Interior