Requisitos para la declaración de fiesta o actividad de interés turístico en Asturias


Decreto 64/2022, de 21 de octubre, de Declaración de Fiestas o Actividades de Interés Turístico del Principado de Asturias.

Vigente desde 27/11/2022 | BOPA 213/2022 de 7 de Noviembre de 2022

Con la publicación de este Decreto, Asturias determina los requisitos y el procedimiento para declarar las fiestas y actividades de interés turístico del Principado reguladas anteriormente en el Decreto 33/2003 y que ahora recoge y actualiza esta nueva normativa.

Se perfila como fiesta de interés turístico las manifestaciones populares de carácter asturiano como instrumento de promoción turística, promoviendo su desestacionalización.

Recoge los requisitos y el procedimiento para la concesión, efectos y revocación de la declaración de las Fiestas o Actividades de Interés Turístico, así como los aspectos valorables, y es aplicable a las fiestas, actividades, eventos, certámenes o acontecimientos, celebrados en Asturias, con participación y arraigo de la población local, que atraigan al turismo y visitantes, y refuercen la imagen turística de Asturias.

El procedimiento de declaración se debe iniciar mediante la solicitud a instancia de los ayuntamientos, previo acuerdo del Pleno, donde se vayan a realizar los actos centrales, además de darles audiencia antes de elevar la propuesta de resolución a la Consejería competente.