Real Decreto Ley 27/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
Vigente desde 02/10/2026 | BOE 243/2026 de 1 de Octubre de 2026
Este real decreto-ley aborda la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos con la pretensión de reforzar la estabilidad de los alquileres de vivienda habitual y dificultar que los contratos finalicen únicamente para volver a alquilar la vivienda a un precio superior.
Los cambios principales pueden resumirse en los siguientes puntos:
1.Las prórrogas pasan a ser mucho más largas (5 años si el arrendador es persona física y 7 años si el arrendador es persona jurídica). El contrato se prorroga automáticamente por estos nuevos períodos si ninguna de las partes comunica la finalización.
2. Más plazo de preaviso para el inquilino 6 meses de antelación cuando el propietario que quiera finalizar el contrato.
3. Indemnización al inquilino si el propietario no renueva (como mínimo, el equivalente a 12 mensualidades de una vivienda similar calculada según el sistema estatal de referencia de alquileres, nunca inferior a una mensualidad por cada año de residencia en la vivienda).
4. Exención a la indemnización, si el propietario acredita alguna de las siguientes circunstancias:
- necesita la vivienda para sí mismo o familiares cercanos.
- el inquilino no ha residido efectivamente en ella durante más de 6 meses del último año (salvo causas justificadas).
- el inquilino dispone de otra vivienda adecuada en el mismo municipio.
- Se firma un nuevo contrato entre las partes.
- el inquilino rechaza una oferta razonable de renovación.
- existen circunstancias justificadas de vulnerabilidad del arrendador.
5. Se mantienen las prórrogas extraordinarias.
6. La reforma prevé normas transitorias: los contratos que ya estén en prórroga seguirán con su régimen vigente hasta el siguiente vencimiento relevante.
Vigencia desde: 02-10-2026