Publicado el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica


Resolución de 10 de enero de 2020, de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, por la que se publica el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica.

BOE 21/2020 de 24 de Enero de 2020

Por medio de la presente Resolución se publica el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica -PNCCA-, aprobado el pasado 27 de septiembre de 2019, en cumplimiento de la obligación establecida en la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, e incorporada al ordenamiento jurídico español en el RD 818/2018.

El fin principal de este Programa es cumplir los compromisos de reducción de emisiones atmosféricas antropogénicas, para los periodos comprendidos desde 2020 a 2029, y a partir de 2030. Para ello, se establece una serie de medidas, agrupadas por sectores o acciones objetivo, implicados directamente en la emisión de contaminantes a la atmosfera, y en las que tienen una participación activa las Entidades Locales de acuerdo con la distribución competencial.

Los sectores afectados son los siguientes:

1. Sector Energético, cuyo principal objetivo es la descarbonización, desnitrificación y desulfuración, con promoción de manera específica de tecnologías renovables y uso eficiente de la energía, así como la seguridad de suministro del sector energético.

Se adoptan las siguientes medidas:

- Desarrollo de nuevas instalaciones de eléctrica con renovables.

- Integración de renovables en las redes eléctricas.

- Autoconsumo y generación distribuida.

- Promoción de gases renovables y alternativos.

- Plan de renovación tecnológica en proyectos existentes de generación eléctrica con energías renovables.

- Contratación bilateral de energía eléctrica renovable.

- Programas específicos para el aprovechamiento y valorización de la biomasa.

- Proyectos singulares y energía sostenible en islas.

Dado el marcado carácter local del autoconsumo, es necesaria la aplicación de medidas de fomento desde el ámbito municipal, autonómico o, en su caso, insular, en particular la simplificación de trámites (en concreto la simple notificación previa en caso de instalaciones en edificios no sujetos a protección patrimonial) y la adecuada integración en los instrumentos de ordenación urbanística. Desde la AGE se debe coordinar el desarrollo y seguimiento de las mejores prácticas con las entidades locales, insulares y autonómicas con este fin.

2. Sector Transporte, cuya finalidad es la reducción de las emisiones para el transporte por carretera, ferrocarril, aviación y marítimo.

Se adoptan las siguientes medidas:

- Biocombustibles avanzados en el transporte.

- Cambio modal (promoción de los modos más eficientes).

- Uso más eficiente de los medios de transporte.

- Renovación de parque automovilístico.

- Impulso del vehículo eléctrico.

- Puntos de recarga de combustibles alternativos.

En relación con la renovación del parque automovilístico, destacar que, en el caso de turismos, va a promover de forma especial las adquisiciones de vehículos más eficientes. Para ello, el Ministerio de Hacienda, en colaboración con las Entidades Locales, analizará una reforma fiscal verde del sector del automóvil, de manera que las decisiones de compra del consumidor se orienten hacia vehículos de menor consumo. Se considera necesario reorientar la ponderación de las tasas actuales con criterios basados en la emisión de contaminantes, lo que podría hacerse sobre la base de la Norma Euro o de la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico, penalizando así a los vehículos más antiguos, generadores de más emisiones y más contaminación. Además, en coordinación con las Autoridades Locales se va a promover la aplicación de medidas legislativas de restricción del tráfico y gestión del aparcamiento en vía pública por parte de los Ayuntamientos de manera que se penalice a los vehículos más antiguos y por tanto de mayor consumo y emisiones contaminantes.

3. Sector Industria, cuyo objetivo es conseguir la eficiencia energética en el sector de la industria manufacturera, principalmente a través de la descarbonización, siendo necesaria una transición desde los combustibles fósiles a las energías renovables, proponiéndose la aprobación de medidas de tipo regulatorio y fiscal que permitan acelerar la transición. Ello requiere un trabajo conjunto de todas las administraciones territoriales, desempeñando las Entidades Locales un papel fundamental.

4. Eficiencia Energética en el sector residencial, comercial e institucional y otros.

Se adoptan las siguientes medidas:

- Medida para promover la integración de las renovables térmicas.

- Programas de ayudas para instalaciones en edificios o redes de calor.

- Fomento de la eficiencia energética en el sector residencial.

- Renovación del equipamiento residencial.

- Fomento de la eficiencia energética en la edificación del sector terciario y público.

- Eficiencia energética en grandes instalaciones climatizadoras del sector terciario e infraestructuras públicas.

- Mejora de la eficiencia energética en explotaciones agrarias, comunidades de regantes y maquinaria agrícola.

Por lo que respecta al fomento de la eficiencia energética en la edificación del sector terciario y público, la medida pretende reducir el consumo de energía de los edificios existentes de uso terciario, ya sean de titularidad pública o privada, mediante actuaciones de rehabilitación energética que mejoren su calificación energética. Para ello, entre otras medidas, se extiende la obligación de renovación del 3 % anual de la superficie total de los edificios públicos de la AGE a la Administración Autonómica y Local.

Respecto de la mejora de la eficiencia energética en infraestructuras públicas, la medida contempla actuaciones, pincipalmente, en las instalaciones de alumbrado público exterior y en las instalaciones de potabilización, depuración y desalación de agua.

5. Sector Residuos, cuyo objetivo primordial es la reducción del depósito en vertedero de residuos que puedan ser aptos para el reciclado o la valorización.

Se adoptan las siguientes medidas:

- Recogida separada de biorresiduos.

- Reducción de la generación y recogida separada de residuos.

- Incremento de la recogida separada de aceite de cocina doméstico usado.

- Incremento de la recogida separada de textiles.

- Gestión del Biogás fugado en vertederos sellados.

Destacar que se prevé un incremento de la recogida separada de papel en el canal municipal, con especial énfasis en colegios, universidades y administraciones, mediante la implantación de contenedores específicos y de refuerzo de la recogida en su caso, con destino al reciclaje del papel. Y ello porque, entre otros motivos, tiene un potencial emisor de metano superior al biorresiduo.

Respecto al incremento de la recogida separada de aceite de cocina doméstico usado, la medida se centra en la recogida separada del aceite de los hogares, ya que en hostelería tiene un grado de implantación suficiente, debiendo ser los ayuntamientos los encargados de implementar el modelo de recogida que se adapte a su municipio.

Respecto al incremento de la recogida separada de textiles, la medida consiste en la recogida separada de ropa y textiles usados mediante contenedores en la calle u otras instalaciones, para su reutilización y reciclado, evitando su depósito en vertedero, donde las fibras naturales emiten metano como consecuencia de su descomposición.

Respecto a la gestión del Biogás fugado en vertederos sellados, se prevé su cobertura con cubiertas oxidantes en las que hay bacterias metanotrofas capaces de oxidar el metano que atraviesa la cubierta.

6. Sector Agricultura.

Se adoptan las siguientes medidas:

- Establecimiento de planes de abonado y fertilización.

- Reducción de las emisiones de quema de restos de poda.

- Gestión de estiércoles en alojamientos de animales y en su almacenamiento en ganado porcino, bovino y aviar.

7. Otros Sectores:

- Reducción de las emisiones de combustión residencial de leña.

- Reducción de las emisiones para el uso doméstico de disolventes y pinturas.

- Análisis del potencial de reducción de las  pequeñas y medianas instalaciones de combustión

- Reducción de Emisiones en puertos.

- Concienciación y sensibilización ciudadana.

El Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA), resulta de la obligación establecida en la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, e incorporada al ordenamiento jurídico español en el Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos. En ambas normas, entre otros requisitos, se establecen techos de emisión para el dióxido de azufre (SO2), los óxidos de nitrógeno (NOX), los compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), el amoniaco (NH3), y partículas en suspensión finas (PM2,5).

La elaboración del PNCCA, se ha llevado a cabo de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 818/2018, de 6 de julio. El fin principal de este Programa es cumplir los compromisos de reducción de emisiones atmosféricas antropogénicas, para los periodos comprendidos desde 2020 a 2029, y a partir de 2030. Por lo tanto, en el Programa, se establecen medidas de reducción de los contaminantes mencionados en los sectores más relevantes como la industria, el transporte, la agricultura, entre otros, para conseguir alcanzar los objetivos europeos establecidos.

El Programa fue aprobado por Consejo de Ministros el 27 de septiembre de 2019, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica. Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6.3 del mencionado Real Decreto, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica.

El contenido completo del PNCCA está disponible en los siguientes vínculos de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica:

https://www.miteco.gob.es/images/es/primerpncca_2019_tcm30-502010.pdf

https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/atmosfera-y-calidad-del-aire/primerpncca_2019_tcm30-502010.pdf

Madrid, 10 de enero de 2020.–El Director General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, Javier Cachón de Mesa.