Protocolo aplicable durante el curso 2020-2021 en los centros educativos de Cantabria hasta la finalización de la pandemia


Resolución de 5 de agosto de 2020, por la que se aprueba el protocolo general de organización para el desarrollo de la actividad educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria.

BOCA Ext. 63/2020 de 7 de Agosto de 2020

En el Anexo de esta resolución se establece un protocolo para garantizar el desarrollo de la actividad educativa para el curso 2020-2021.

Con ello, se pretende salvaguardar  la salud de alumnos y profesores ante la crisis sanitaria del COVID-19 alterado lo mínimo posible el desarrollo normal de la actividad lectiva.

Este protocolo permanece vigente hasta la finalización de la pandemia.

El Decreto 2/2020, de 18 de junio, del Presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se dispone la entrada de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la situación de nueva normalidad (BOC extraordinario nº 50, de 18 de junio de 2020), prevé en su artículo 1 "la superación de todas las fases previstas en el Plan para la desescalada de las medidas extraordinarias adoptadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19 aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de fecha 28 de abril de 2020 y, por tanto, la entrada de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la situación de nueva normalidad", surtiendo efectos desde las 00:00 horas del 19 de junio de 2020. Conforme a su artículo 2, resultan de aplicación en nuestra Comunidad Autónoma "las medidas contempladas en los capítulos II, III, IV, V, VI y VII del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1. de dicho texto normativo", así como "las medidas que se adopten por el Consejero de Sanidad, como autoridad sanitaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 a) de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria o cualesquiera otras que resulten de aplicación durante este periodo".

Al amparo del título competencial reconocido en el artículo 25.3 del Estatuto de Autonomía, y de conformidad con la previsión contenida en el artículo 2.2 del citado Decreto 2/2020, de 18 de junio, mediante Resolución del Consejero de Sanidad de 18 de junio de 2020 (BOC extraordinario nº 50, de 18 de junio de 2020) se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad. Dentro de las medidas previstas en el número primero de dicha Resolución, el apartado 75.1 dispone que "La actividad lectiva de carácter presencial en los centros docentes no universitarios, públicos y privados, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria se regirá por las resoluciones en materia de desinfección, prevención, acondicionamiento y organización que adopte la Consejería competente en materia de educación, que deberán ser informadas por la Dirección General de Salud Pública".

La educación es un derecho fundamental garantizado en el artículo 27 de nuestra Constitución, lo que hace necesario adoptar las medidas oportunas en orden a la protección del interés general y el funcionamiento de este servicio esencial, en las debidas condiciones de seguridad tanto para el alumnado como para el personal docente y no docente adscrito a los centros educativos.

Para ello, en ejercicio de las competencias en materia educativa reconocidas a nuestra Comunidad Autónoma por el artículo 28 del Estatuto de Autonomía, y de acuerdo con lo señalado en el número primero, apartado 75.1, de la Resolución del Consejero de Sanidad de 18 de junio de 2020, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo ha elaborado un "protocolo general de organización para el desarrollo de la actividad educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria", cuyas medidas regirán en todos los centros educativos de Cantabria, independientemente de su titularidad, hasta que las autoridades sanitarias decreten el fin de la actual crisis sanitaria derivada de la pandemia de la COVID-19.

A través del referido protocolo pretende ofrecerse una respuesta adecuada a los distintos escenarios que pueden producirse en función de la evolución de la pandemia, adaptando la actividad lectiva a las condiciones de seguridad que sean necesarias en cada uno de ellos y siempre con el objetivo de garantizar, en todo momento, el derecho a la educación del alumnado.

Por todo ello, oídos el Comité de Seguridad y Salud del Personal Docente, la Junta de Personal Docente, los Comités de Directores de Infantil y Primaria, Secundaria y Educación concertada, la Mesa de las Familias y el Comité de Empresa, solicitado informe al Consejo Escolar y reunida la Mesa Sectorial de Personal Docente, la Consejería aprueba en virtud de la presente Resolución el contenido del protocolo de organización, que cuenta con el informe favorable de la Dirección General de Salud Pública.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en el número primero, apartado 75.1, de la Resolución del Consejero de Sanidad de 18 de junio de 2020,

RESUELVO

Aprobar el "protocolo general de organización para el desarrollo de la actividad educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria", que consta como Anexo a la Resolución, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado en ambos casos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 5 de agosto de 2020.

La consejera de Educación, Formación Profesional y Turismo,

Marina Lombó Gutiérrez.

PROTOCOLO GENERAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD EDUCATIVA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA DURANTE EL CURSO 2020-2021, DE APLICACIÓN HASTA EL FIN DE LA CRISIS SANITARIA 

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