Prórroga de reducciones tributarias en materia de suministro de electricidad y adquisición de material para combatir la COVID en Bizkaia


Decreto Foral Normativo 1/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido en lo que respecta a las exenciones temporales relativas a las importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19 y por el que se prorrogan determinadas medidas tributarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

Vigente desde 12/02/2022 | BOB 29/2022 de 11 de Febrero de 2022

Esta norma establece las siguientes medidas tributarias:

- Suspende durante el primer trimestre del ejercicio 2022 el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

- Mantiene hasta el 30 de abril de 2022 la aplicación del tipo reducido del IVA del 10% que recae sobre los suministros efectuados a favor de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, y sobre todos los componentes de la factura eléctrica para los contratos cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh.

- Mantiene hasta el 30 de junio de 2022, la aplicación del 4 % del tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables y del 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.