Oferta de Empleo Público de estabilización de personal de Administración Local con habilitación nacional en el País Vasco


Resolución 54/2022, de 24 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

BOPV 102/2022 de 27 de Mayo de 2022

Esta norma se dicta en cumplimiento de la obligación de reducción de la temporalidad establecida por la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que alcanza también al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en el País Vasco.

Así, se oferta un total de 55 plazas, de las cuales se reserva un cupo del 7% para ser cubiertas entre personas con discapacidad.

Se prevé que el procedimiento y los requisitos para el acceso a las plazas ofertadas, así como la distribución de las plazas reservadas a personas con discapacidad, se concrete en las correspondientes convocatorias antes del 31 de diciembre de 2022.

 

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Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 24 de mayo de 2022, el Acuerdo por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único 

Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de mayo de 2022.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tiene entre sus objetivos situar la tasa de cobertura temporal de las Administraciones Públicas por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales.

Para lograr dicho objetivo autoriza en su artículo 2 un tercer proceso de estabilización, adicional a los procesos de estabilización que regularon los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Asimismo, en la disposición adicional sexta prevé una convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración dirigida a la cobertura de aquellas plazas que, reuniendo los requisitos señalados anteriormente, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016, incluyendo aquellas plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016 (disposición adicional octava).

De tal manera, esta obligación de reducción de la temporalidad alcanza también al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por lo que, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda, apartado séptimo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Comunidad Autónoma de Euskadi corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi tanto la aprobación de la oferta pública, como la convocatoria de los procesos selectivos y, por tanto, la responsabilidad de llevar a cabo los procesos de estabilización de puestos reservados a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Por lo que respecta a la oferta de empleo público, el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece «que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas».

Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca establece que «las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes en cada Administración Pública serán objeto de oferta de empleo público».

En cumplimiento de los citados preceptos y de lo establecido en el apartado séptimo de la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en redacción dada por la disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022), mediante el presente Acuerdo se aprueba la oferta de empleo público de la Comunidad Autónoma de Euskadi de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional al amparo de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. En dichas plazas se cumplen los requisitos establecidos en la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para que puedan comprometerse en el tercer proceso de estabilización y cuya provisión se considera inaplazable para el buen funcionamiento de los servicios públicos a los cuales están adscritas y, en mayor medida, para lograr esa tasa de temporalidad inferior al ocho por ciento de las plazas estructurales.

El total de plazas ofertadas correspondientes a la escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional existentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende a 55.

Del total de plazas ofertadas, se reservará un cupo del siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. La distribución de la reserva de plazas para personas con discapacidad, así como su número se realizará en las correspondientes convocatorias de los procesos selectivos.

La ejecución de la oferta de empleo público y las correspondientes convocatorias se desarrollarán en el plazo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre; es decir, la oferta de empleo se aprobará y publicará en el Boletín Oficial del País Vasco antes del 1 de junio de 2022, y las respectivas convocatorias antes del 31 de diciembre de 2022, debiendo finalizar el proceso de estabilización antes del 31 de diciembre de 2024.

A propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, de conformidad con el artículo 18.l) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero 

Aprobar la oferta de empleo público de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que incluye el total de vacantes que se relacionan en el Anexo I del presente Acuerdo.

Segundo 

Las correspondientes convocatorias concretarán el procedimiento y los requisitos para el acceso a las plazas ofertadas, así como la distribución de las plazas reservadas a personas con discapacidad.

Tercero 

Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

ANEXO 

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