Decreto Ley n.º 3/2022, de 22 de septiembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de establecimientos públicos, espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Vigente desde 30/09/2022 | BORM 226/2022 de 29 de Septiembre de 2022
Esta norma, entre otros contenidos, tipifica como infracción la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias sin título habilitante, excediendo sus límites o quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad competente.
Asimismo, refuerza la protección de los derechos e intereses en materia de juego y apuestas, estableciendo un mayor control e intervención por razones de salud y orden públicas. De este modo, se incluye como infracción grave el incumplimiento de los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos de juego y locales específicos de apuestas, hasta ahora regulado como infracción leve.
Por último, modifica las definiciones de “espectáculos públicos”, “actividades recreativas” y “establecimientos públicos” recogidas en la Ley 2/2011 de la Región de Murcia, y añade la definición de “titulares del establecimiento público o instalación”.
Vigencia desde: 30-09-2022