Nuevo impuesto valenciano sobre estancias turísticas en la Comunidad Valenciana


Ley 7/2022, de 16 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible.

Vigente desde 19/12/2023 | DOGV 9492/2022 de 19 de Diciembre de 2022

Esta norma crea el impuesto valenciano sobre estancias turísticas como tributo indirecto, instantáneo y propio de la Comunitat Valenciana, que grava la especial capacidad económica de las personas físicas puesta de manifiesto por su estancia en determinados establecimientos turísticos.

Los ingresos obtenidos por este impuesto están afectados a inversiones y gastos vinculados a la promoción, impulso, protección, fomento y desarrollo del turismo sostenible y deben ser destinados a, entre otros fines a mejorar los servicios que los municipios de la Comunitat Valenciana prestan a las personas turistas.

Los ayuntamientos pueden establecer mediante ordenanza un recargo de hasta el 100% sobre este impuesto, sin posibilidad de bonificación.

La recaudación obtenida puede ser destinada por los municipios a:

- Financiación de acciones para el cumplimiento de los requisitos y necesidades como miembro de la Red de Destinos Turísticos de la Comunitat Valenciana.

- Ayudas a establecimientos y servicios turísticos de titularidad privada.

- Planes de sostenibilidad turística locales o comarcales.

- Acciones comarcales para la sostenibilidad turística en destino de las mancomunidades a las que pertenecen los municipios.

Vigencia desde: 19-12-2023

PREÁMBULO

TÍTULO I. 
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. 
Naturaleza, objeto imponible y finalidad del impuesto

Artículo 2. 
Compatibilidad tributaria

TÍTULO II. 
ELEMENTOS DEL IMPUESTO

CAPÍTULO I. 
Hecho imponible

Artículo 3. 
Hecho imponible del impuesto

Artículo 4. 
Exenciones

CAPÍTULO II. 
Obligados tributarios

Artículo 5. 
Contribuyente

Artículo 6. 
Sustituto del contribuyente

Artículo 7. 
Responsables solidarios

CAPÍTULO III. 
Determinación de la deuda tributaria

Artículo 8. 
Base imponible

Artículo 9. 
Cuota íntegra

Artículo 10. 
Bonificaciones en la cuota

CAPÍTULO IV. 
Devengo y exigibilidad

Artículo 11. 
Recargo municipal voluntario

Artículo 12. 
Finalidad del recargo

Artículo 13. 
Devengo

Artículo 14. 
Exigibilidad

Artículo 15. 
Obligaciones formales del sustituto del contribuyente

TÍTULO III. 
NORMAS DE GESTIÓN DEL IMPUESTO

Artículo 16. 
Gestión tributaria

Artículo 17. 
Identificación de los establecimientos de alojamiento turístico

Artículo 18. 
Aplicación del impuesto

Artículo 19. 
Revisión en vía administrativa

Artículo 20. 
Régimen sancionador e infracciones tributarias

Artículo 21. 
Suministro de información por la Dirección General de la Policía

Artículo 22. 
Suministro de información por las autoridades portuarias

Artículo 23. 
Datos estadísticos

Artículo 24. 
Transparencia y participación

DISPOSICIONES ADICIONALES 

Disposición adicional primera. 
Recargo municipal voluntario

Disposición adicional segunda. 
Comisión de asesoramiento y seguimiento

DISPOSICIONES FINALES. 

Disposición final primera. 
Habilitación de las leyes de presupuestos generales

Disposición final segunda. 
Facultades de desarrollo reglamentario

Disposición final tercera. 
Entrada en vigor