Nuevo Fondo Aragonés de Financiación Municipal


Ley 5/2022, de 6 de octubre, Reguladora del Fondo Aragonés de Financiación Municipal.

Vigente desde 01/01/2023 | BOA 207/2022 de 25 de Octubre de 2022

Esta norma supone la desaparición del Fondo de Cooperación Municipal y su sustitución por otro igualmente de carácter incondicionado, cuyos destinatarios son todos los municipios aragoneses y cuyas reglas de distribución responden a criterios más acordes con la ordenación del territorio. La nueva regulación implica un importante avance ya que contempla la participación de los municipios aragoneses en los ingresos de la Comunidad Autónoma garantizando un importe que se considera mínimo y regulando de manera objetiva los posibles incrementos.

Los objetivos de la norma son ofrecer estabilidad en la financiación de los municipios y fomentar el principio de solidaridad a través de parámetros como el esfuerzo fiscal, el grado de envejecimiento y la cohesión territorial desde el punto de vista de la ordenación del territorio, teniendo en cuenta especialmente la superficie, el grado de funcionalidad de cada municipio y el sistema de asentamientos, además de corregir progresivamente determinados desequilibrios que se producen en la actualidad mediante la variable de la ordinalidad.

La norma establece los criterios de reparto de la dotación inicial del Fondo y los de los incrementos que puedan producirse y regula la gestión del fondo así como el fomento del asociacionismo municipal.

Finalmente, se prevé que cada tres años el departamento del Gobierno de Aragón competente en administración local lleve a cabo la evaluación del sistema de financiación de los municipios y el efecto de los criterios de reparto establecidos en la presente ley.