Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes para afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña.
Vigente desde 23/05/2023 | DOGC 8920/2023 de 22 de Mayo de 2023
Esta norma es un complemento del Decreto ley 1/2023, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes para hacer frente a la situación de sequía excepcional en el ámbito del distrito de cuenca fluvial de Cataluña.
Su objetivo es permitir a las administraciones competentes en el servicio de abastecimiento de agua, por un lado, aprovechar los recursos hídricos de todo el territorio catalán y garantizar la prestación adecuada de los servicios del ciclo del agua, en especial, el abastecimiento domiciliario de agua apta para el consumo humano, y, por otro, planificar las inversiones urgentes y habilitar su ejecución por el trámite de emergencia.
Así, el Gobierno pretende impulsar, para la mejora de los recursos hídricos, ayudas a los entes locales por un importe de 50 millones de euros de los presupuestos de la Generalitat, a fin de que lleven a cabo las inversiones necesarias para mejorar las captaciones, los depósitos y el rendimiento de sus redes de suministro de agua en alta de titularidad municipal y baja y, en especial, para sectorizar las redes, digitalizar el servicio, implantar reguladores de presión, sistemas de telelectura y caudalímetros, así como para recuperar pozos existentes, construir nuevos pozos e incrementar el número de tratamientos de ósmosis inversa.
Por su parte, la Agencia Catalana del Agua debe llevar a cabo, entre otras, las siguientes actuaciones en relación con las entidades locales:
- Habilitar una línea de subvenciones dirigida a los entes locales, de 6 millones de euros, para la construcción de nuevos tratamientos de regeneración, tuberías de distribución e infraestructuras que le son necesarias, sin perjuicio de las inversiones en obras y actuaciones que sean urgentes y necesarias y que puedan surgir.
- Crear una partida extraordinaria de 20 millones de euros para poner en marcha las plantas de regeneración que no están en funcionamiento y construir las redes de distribución de las que sí lo están, siempre de acuerdo con las correspondientes administraciones locales.
- Establecer una línea de financiación para los municipios a fin de que redacten los planes de emergencia municipales en situaciones de sequía.
Por otro lado, se permite que los expedientes de contratación de obras, suministros y servicios que se tramitan en aplicación del Decreto ley 1/2023 y de la presente norma, en los ámbitos declarados en situación de excepcionalidad y de emergencia, sean objeto de tramitación de emergencia conforme al art. 120 de la Ley del Estado 9/2017, de contratos del sector público.