Resolución de 15 de mayo de 2020, del conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se adoptan medidas sobre los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera de titularidad de la Generalitat, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
DOGV 8814/2020 de 16 de Mayo de 2020
Esta Resolución establece las siguientes medidas:
- La reducción de los servicios interprovinciales y provinciales puede ser de hasta el 60% en días laborables y del 75 % en festivos.
- La reducción de los servicios metropolitanos puede ser de hasta el 20% en los intervalos de hora punta, y hasta el 40% en las horas valle y festivos.
En todos los casos debe mantenerse un mínimo de una expedición de ida y otra de vuelta y adecuar los horarios de las expediciones para garantizar el acceso a los puestos de trabajo y servicios básicos de los ciudadanos.
Se contempla la posiblidad de soluciones de transporte a la demanda, en aquellos casos en los que los servicios sean susceptibles de ser prestados de esta forma, previa solicitud con veinticuatro horas de antelación.