Modificación de las medidas para la renovación de la oferta turística en Canarias


Decreto Ley 2/2025, de 17 de marzo, de medidas urgentes relativas al deber de atenerse al uso turístico y por el que se modifica la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, y su Reglamento, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo.

Vigente desde 19/03/2025 | BOC 54/2025 de 18 de Marzo de 2025

El Gobierno de Canarias aborda la aprobación de este decreto-ley con el fin de conseguir aumentar la oferta de vivienda para residencia habitual y permanente en las zonas turísticas, se propone volver a la residencialización de establecimientos turísticos, disponiendo unas medidas específicas para que determinadas edificaciones o zonas residenciales con determinadas circunstancias se consoliden o se reconviertan.

Para ello se modifican ciertos artículos de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, y de su Reglamento, recogiendo las siguientes medidas:

- solicitud de consolidación de usos residenciales ya existentes declarándose compatibles o cambio de uso residencial en parcelas calificadas de uso turístico, solicitándolo mediante acuerdo municipal a la Consejería competente en materia de turismo del Gobierno de Canarias, referido a la aprobación del correspondiente instrumento de ordenación urbanística que habilite el cambio de uso a exclusivamente residencial e incompatible con cualquier uso turístico de alojamiento distinto al de vivienda;

- solicitud de paralización de procedimientos e interrupción de los plazos de caducidad y de prescripción de los procedimientos de suspensión de licencias y autorizaciones y los de ejecución de las sanciones impuestas, por un plazo máximo de 2 años.