Ley 9/2019, de 27 de junio, de modificación de la Ley 14/2012, de 28 de junio, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales.
Vigente desde 10/07/2019 | BOPV 129/2019 de 9 de Julio de 2019
Con esta norma, que modifica el art. 3 de la Ley 14/2012, se pretende “despatologizar” la transexualidad, partiendo de que la persona transexual se rige por el derecho a la libre autodeterminación de la identidad sexual, sin que este derecho pueda ser limitado, restringido, dificultado o excluido. Exige que las normas se apliquen siempre a favor del libre y pleno ejercicio de dicho derecho.
Por ello, se establece ahora que las personas transexuales ya no necesitan de un diagnóstico o informe psiquiátrico, psicológico ni tratamiento médico para acogerse a lo dispuesto en la Ley 14/2012.
Vigencia desde: 10-07-2019