Medidas para la prevención de incendios forestales en La Rioja


Resolución 1013/2021, de 12 de agosto, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se adoptan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales.

BOR 160/2021 de 13 de Agosto de 2021

Esta norma establece la prohibición del uso del fuego en campamentos, actividades recreativas y agrícolas, apícolas o ganaderas.

Asimismo, dispone la suspensión de trabajos forestales que impliquen el uso de herramientas que puedan provocar un foco de incendio en terreno forestal y su franja perimetral de 400 metros.

Estas medidas producen efectos del 13 al 16 de agosto de 2021, ambos incluidos, periodo prorrogable si persisten las circunstancias extraordinarias que lo justifiquen.

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja, corresponde a la administración autonómica la adopción de medidas conducentes a la prevención, detección y extinción de incendios forestales que se produzcan en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

En este sentido, la Orden STE/19/2021, de 20 de abril, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la campaña 2021-2022 establece la forma y condiciones en que se realizarán las quemas en terrenos agrícolas y forestales, así como las medidas necesarias sobre prevención y extinción de incendios en terrenos forestales y agrícolas.

Si bien, las adversas condiciones meteorológicas comunicadas por la Agencia Estatal de Meteorología por altas temperaturas, posibilidad de tormentas secas, y el estado vegetativo de la cobertura forestal, incrementan notablemente el riesgo de inicio de incendios forestales.

Por ello, y de conformidad con las competencias asignadas en el Decreto 48/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, previos los informes oportunos y a propuesta de la Dirección General de Biodiversidad, el Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica

RESUELVE

Adoptar las siguientes medidas extraordinarias para el periodo comprendido entre los días 13 a 16 de agosto de 2021, ambos incluidos, susceptible de prórroga si persistieran las circunstancias extraordinarias que así lo justifican:

Primero 

Prohibir todo empleo del fuego en campamentos y actividades recreativas, incluso el uso de asadores instalados al efecto, independientemente de sus condiciones constructivas, barbacoas portátiles, hornillos y cualquier otro elemento que pueda causar fuego en el monte, así como el uso del fuego para actividades agrícolas, apícolas o ganaderas.

Segundo 

Suspensión de los trabajos forestales que impliquen herramientas de corte manuales o autopropulsadas, cuyo dispositivo de corte actúe mediante cadenas o chuchillas que puedan provocar chispas capaces de provocar un foco de incendio, en terreno forestal y su franja perimetral de 400 metros.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 53 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8.2 a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Logroño a 12 de agosto de 2021.

El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica.

Alejandro Dorado Nájera.