Medidas para atender al reto demográfico y la despoblación del medio rural en Castilla-La Mancha


Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.

Vigente desde 01/06/2021 | DOCM 90/2021 de 12 de Mayo de 2021

Castilla-La Mancha con una población y geografía predominantemente rural aborda el reto demográfico, ya impulsado por la UE, mediante la aprobación de esta ley que con carácter transversal afronta su regulación desde los diversos aspectos tanto económicos, administrativos como sociales.

Destaca esta norma la cuestión de la sensibilización social en materia demográfica y despoblación y la obligación de la Administración Regional de incorporar un informe sobre impacto demográfico en la producción normativa y en la elaboración de planes y programas.

Realiza una clasificación y delimitación de las zonas rurales (integradas por agrupaciones de municipios) en las siguientes categorías: zonas escasamente pobladas (con intensa o extrema despoblación), zonas en riesgo de despoblación, zonas rurales intermedias, y zonas rurales periurbanas, estableciéndose en función de criterios demográficos, de actividad económica, usos del suelo y de accesibilidad con respecto al medio urbano, y ello para determinar y aplicar las medidas establecidas en la ley.

Se recogen los instrumentos de planificación y programación para el desarrollo de estas zonas rurales desarrollándose a través de la Estrategia Regional frente a la Despoblación y la Estrategia Regional de Desarrollo Rural, definiendo las políticas públicas dirigidas a la colaboración institucional para mejorar los servicios públicos y a aprobar medidas en diferentes ámbitos entre los que se destacan:

-La contratación pública, para la incorporación en los pliegos de prescripciones técnicas, definidores de las obras, servicios y suministros que precisen para el ejercicio de sus competencias, utilización de productos locales, de requisitos y características específicas sociales y medioambientales que redunden en la mejora del medio rural.

-El transporte, con la implantación de un modelo sensible a la demanda.

- El fomento del empleo y del emprendimiento, el apoyo a la promoción de actividades y empresas o el impulso de la investigación, en colaboración con las entidades locales.

- Las que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como para garantizar una adecuada atención a la infancia y el apoyo a las familias. Se prevé que la Administración Regional, desarrolle, junto con las Administraciones locales, una red de comedores escolares, y aulas matutinas adaptados a la realidad de las zonas escasamente pobladas y en riesgo de despoblación.

- Facilitar el acceso educativo y sanitario, y acceso a los servicios bancarios.

- Fomento de las energías renovables y garantía de un servicio de abastecimiento de agua de calidad para el consumo humano. Además se propone frenar la brecha digital, garantizando una conectividad digital de calidad para todas las localidades.

- Para facilitar el acceso a la vivienda, así como el impulso de programas culturales y actividades de ocio responsable. Se prevé la creación de una Oficina de fomento de la vivienda rural, y de una tipología propia de Vivienda Rural Protegida, así como el fomento de la reutilización de viviendas ya existentes, la mejora de la eficiencia energética de las mismas y establecer un programa de financiación para la construcción o rehabilitación de vivienda tanto en propiedad como alquiler.

- Apoyo para la creación de asociaciones para la prestación del servicio de Policía Local.

- Medidas tributarias de aprobación de beneficios fiscales como la deducción de un porcentaje de la cuota íntegra autonómica del IRPF a favor de los contribuyentes que tengan su residencia habitual y estancia efectiva en las zonas escasamente pobladas además de una nueva deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, junto con la regulación de tipos reducidos en el ITPAJD  para la transmisión de inmuebles ubicados en los municipios de las zonas rurales más afectadas por la despoblación que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual o que sean destinados a sede social o centro de trabajo de empresas o a locales de negocio, así como bonificaciones de la cuota tributaria por actuaciones en suelo industrial y terciario en dichas zonas.

- Se crea el Consejo Regional de Desarrollo del Medio Rural y frente a la Despoblación como órgano de colaboración y cooperación entre las administraciones territoriales de la región, en con participación ciudadana.

- Impulso del acondicionamiento y mantenimiento de los caminos rurales a las explotaciones agrarias. Además, las entidades locales titulares de los montes catalogados pueden aplicar a un fondo de mejoras una cuantía del 20% del importe por el que se hayan adjudicado los aprovechamientos forestales, o de los rendimientos obtenidos por autorizaciones, concesiones u otras actividades desarrolladas en el monte, y del 100% por cien en el caso de montes de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, debiendo destinarse a la planificación y ejecución de la gestión forestal y su certificación, así como a la conservación y mejora de los montes catalogados, o bien para acceder a fondos europeos.

- Cooperación técnica con los pequeños municipios para la elaboración y tramitación de sus planes urbanísticos.

- Se prevé la financiación para el desarrollo de las medidas contempladas en la ley, recogidos en los presupuestos autonómicos y desde los Fondos Estructurales y de Inversión (EIE) y otros instrumentos de financiación de la Unión Europea.