Medidas de la Universidad de Valladolid frente al coronavirus


Resolución de 13 de marzo de 2020, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se acuerdan medidas para la ejecución de la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León, y de la Orden SAN/300/2020, de 12 de marzo, por la que se amplían estas medidas preventivas.

BOCL Ext. 53/2020 de 15 de Marzo de 2020

Aprobadas las medidas y recomendaciones relativas a la crisis del coronavirus por Orden SAN/295/2020 y ampliadas por la Orden SAN/300/2020, la Universidad de Valladolid ha estimado conveniente acordar las siguientes medidas preventivas:

- Se suspende toda actividad docente presencial.

- Facilitar mediante la adopción de las medidas pertinentes el trabajo no presencial de los empleados de administración y servicios, estableciéndose un sistema de turnos en la medida que sea posible y siempre que se garantice la conciliación personal, laboral y familiar.

- Cumplimiento de las obligaciones con el alumnado del personal docente e investigador por vía telemática, a través del Campus Virtual.

- Se cierran temporalmente a los alumnos las bibliotecas.

- Se suspenden todas las actividades deportivas que estén organizadas.

La presente resolución, y las medidas acordadas en su ejecución, surtirán efecto desde el 13 de marzo de 2020, y tendrán una vigencia de 15 días naturales, sin perjuicio de sus prórrogas que podrán acordarse de forma sucesiva. Se revocarán en el momento en que resulten innecesarias por remisión de la alarma sanitaria.

Estas medidas deben publicarse en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid, así como en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Esta resolución está vigente desde el 13 de marzo y durante el plazo de 15 días naturales, salvo que sea prorrogada.

 

 

La Junta de Castilla y León, a través de la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, de la Consejería de Sanidad (B.O.C. y L. de 12 de marzo), establece una serie de medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, a través de la Orden SAN/300/2020, de 12 de marzo, de la Consejería de Sanidad (B.O.C. y L. de 13 de marzo), se amplían estas medidas preventivas,

Este Rectorado, con el objeto de alcanzar la mayor salvaguarda posible de la protección de la salud de las personas integrantes de su comunidad universitaria, y las demás relacionadas con el ejercicio de sus funciones, hace suyas estas medidas y adopta la presente resolución para su plena efectividad, en el marco de los principios sobre los que se sustenta la autonomía universitaria, y en el ejercicio de las competencias que se le atribuyen en la Ley Orgánica de Universidades 6/2001,de 21 de diciembre, y en los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 104/2003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León

ACUERDA


La suspensión de toda actividad docente presencial en el ámbito de la Universidad de Valladolid.


Respecto del personal de administración y servicios, el desarrollo de todas las actuaciones oportunas a través de la gerencia de esta Universidad, mediante la aprobación de las instrucciones y medidas que fomenten el sistema de trabajo en remoto, así como el establecimiento de turnos que resulten compatibles con el funcionamiento de los servicios necesarios de la Universidad, garantizándose, en la medida de lo posible, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.


El personal docente e investigador mantendrá sus obligaciones, garantizando la atención a los estudiantes a través del Campus Virtual y de los medios telemáticos necesarios.


Cierre temporal de los servicios de Bibliotecas, manteniendo no obstante el acceso y servicio, con el personal correspondiente, a los profesores, investigadores y personal de administración y servicios.


La suspensión temporal de todas las actividades deportivas organizadas por la Universidad de Valladolid.


La presente resolución, y las medidas acordadas en su ejecución, surtirán efecto desde el 13 de marzo de 2020, y tendrán una vigencia de 15 días naturales, sin perjuicio de sus prórrogas que podrán acordarse de forma sucesiva. Se revocarán en el momento en que resulten innecesarias por remisión de la alarma sanitaria.


Ordenar la publicación de la presente resolución en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid, así como en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, computado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid (artículos 8. Apartados 2 y 3 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rectorado, en el plazo de un mes computado en la forma antes indicada.

Valladolid, 13 de marzo de 2020.

El Rector,

Fdo.: Antonio Largo Cabrerizo