Medidas aplicables en Gipuzkoa ante la situación generada por el coronavirus


Medidas adoptadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, ante la situación generada por la evolución del coronavirus Covid-19.

BOG 53/2020 de 18 de Marzo de 2020

Ante la situación de emergencia sanitaria originada por la infección del coronavirus, la Diputación Foral de Gipuzkoa ha adoptado las siguientes medidas:

- la realización de los trámites administrativos deben realizarse a través de medios telemáticos;

- la suspensión de los plazos administrativos, con efectos de 14 de marzo de 2020. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento que determinen las autoridades competentes; y

- se minimizan los servicios presenciales de atención a la ciudadanía. En consecuencia, únicamente está abierta la Oficina Central de Información y Atención Ciudadana para la realización de funciones de registro y expedición de claves telemáticas.

El Consejo de Gobierno Foral ha adoptado el siguiente acuerdo en su reunión de 17 de marzo de 2020:

«La situación generada por la evolución del coronavirus Covid-19, que ha llevado a la declaración de la alerta sanitaria en Euskadi, obliga a esta Diputación Foral a adoptar medidas que afectan al funcionamiento de su Administración.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del diputado general, el Consejo de Gobierno Foral, previa deliberación,

ACUERDA

Primero. 
Continuación de la actividad administrativa.

La actividad administrativa de la Diputación Foral mediante medios electrónicos seguirá plenamente operativa, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente apartado en relación con la suspensión de los términos y plazos.

Segundo. 
Suspensión de los plazos administrativos.

Con efectos de 14 de marzo de 2020, quedan suspendidos los términos e interrumpidos los plazos para la tramitación de los procedimientos de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de los organismos autónomos forales Fundación Uliazpi y Kabia. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento que determinen las autoridades competentes.

No obstante lo anterior, el órgano competente de cada departamento u organismo autónomo podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses de la persona interesada en el procedimiento y siempre que esta manifieste su conformidad, o cuando la persona interesada manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

Tercero. 
Servicios de atención ciudadana.

Se minimizan los servicios presenciales de atención a la ciudadanía. En consecuencia, únicamente abrirá la Oficina Central de Información y Atención Ciudadana sita en el Palacio Foral (Plaza Gipuzkoa s/n 20004 de San Sebastián), de 09:00 a 14:00, con el mínimo de personal, para realizar los trámites de Registro General, y expedición y renovación del medio de identificación y firma electrónica B@KQ.

Por su parte, las consultas y tramitaciones no telemáticas en materia de transportes se realizarán a través del correo electrónico garraiobaimenak@gipuzkoa.eus; y si fuera imprescindible la atención presencial se realizará con cita previa.

Asimismo, la ciudadanía puede obtener información actualizada de los servicios de la Diputación Foral de Gipuzkoa y sus organismos autónomos en la web www.gipuzkoa.eus y contactar con ellos a través de los medios indicados en el apartado «atención ciudadana» de su sede electrónica (https://egoitza.gipuzkoa.eus/es).

La ciudadanía también cuenta con el servicio Gertubide para formular consultas, quejas o sugerencias, alojado igualmente en la sede electrónica.

Cuarto. 
Declaración de emergencia en los procedimientos de contratación.

La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de los órganos de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de los organismos autónomos Fundación Uliazpi y Kabia para hacer frente al Covid-19 justificará la necesidad de actuar de manera inmediata, al amparo de lo previsto en el art. 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

De acuerdo con ello, a todos los contratos que hayan de celebrarse por la Diputación Foral de Gipuzkoa y sus organismos autónomos para atender las necesidades derivadas de la adopción de medidas para hacer frente al Covid-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia.»

San Sebastián, a 17 de marzo de 2020.- El secretario del Área del Diputado General, Juan José de Pedro Alonso.