Limitación de la movilidad en la comarca de El Segrià por el aumento de casos por COVID-19 en Cataluña


Resolución INT/1607/2020, de 4 de julio, por la que se acuerda restringir la salida de personas de la comarca de El Segrià.

DOGC 8169/2020 de 4 de Julio de 2020

Con motivo del aumento de casos por Covid-19 en la comarca de El Segrià, la Generalitat de Cataluña ha prohibido, desde las 16h del día 4 de Julio, toda salida o entrada en esta comarca excepto personas trabajadoras en sus desplazamientos por motivos laborales a sus centros de trabajo.

Además, se recomienda a los ciudadanos que permanezcan en sus municipios de residencia y limiten su movilidad a los casos imprescindibles mientras se mantenga la situación de emergencia sanitaria.

Vista la situación de casos de infección por SARS-CoV-2 en los municipios de la comarca de El Segrià;

Considerando la necesidad de proteger la salud de la población de la infección por este virus y considerando que las medidas preventivas de reducción de la movilidad y el contacto entre personas se han demostrado efectivas en la contención de los contagios;

De acuerdo con las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno del Plan de actuación PROCICAT para emergencias asociadas a enfermedades transmisibles emergentes con potencial alto riesgo, en el marco de la legislación sanitaria y de salud pública y de protección civil, y en uso de la habilitación que nos confiere el artículo 5 del Decreto 63/2020, de 18 de junio, del presidente de la Generalidad de Cataluña, de la nueva gobernanza de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 e inicio de la etapa de la reanudación en el territorio de Cataluña,

Resuelvo:

1. 

Restringir la salida de personas de la comarca de El Segrià, a partir de las 12.00 horas del día 4 de julio de 2020, en los términos de los apartados siguientes, hasta que se dicte nueva resolución modificando o dejando sin efecto ésta.

2. 

Hasta las 16.00 horas del día 4 de julio de 2020, se permitirá, previo control de las unidades de la Policía de la Generalidad — Mossos d'Esquadra desplegadas sobre el terreno, la salida de todas aquellas personas que no tengan su domicilio en algún municipio de la comarca de El Segrià. Se permitirá la entrada en la comarca de El Segrià a las persones con residencia habitual en alguno de sus municipios que se encuentren fuera.

3. 

A partir de las 16.00 horas del día 4 de julio de 2020, quedará prohibida toda salida o entrada de la comarca de El Segrià, excepto personas trabajadoras en sus desplazamientos por motivos laborales a sus centros de trabajo, incluyendo el transporte, la prestación de servicios, el comercio y las actividades empresariales y otras económicas.

4. 

Fuera de los casos anteriores, las restricciones de entrada y salida de la comarca de El Segrià no afectarán a la circulación por autovías y autopistas cuando se trate de movilidad con origen y destino fuera de la comarca de El Segrià, siempre y cuando no comporte la movilidad fuera de estas vías.

5. 

Recomendar a la población de la comarca de El Segrià la permanencia en sus municipios de residencia y limitar la movilidad a los casos imprescindibles mientras se mantenga la efectividad de las medidas establecidas en esta Resolución.

El incumplimiento de estas medidas puede dar lugar a la imposición de las sanciones previstas y otras responsabilidades que se puedan derivar del ordenamiento jurídico vigente.

Barcelona, 4 de julio de 2020

Miquel Buch i Moya

Consejero de Interior

Alba Vergés i Bosch

Consejera de Salud