Ley de memoria histórica y democrática de Cantabria
Ley 8/2021 de Cantabria , de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Vigente desde 25/11/2021 | BOCA 226/2021 de 24 de Noviembre de 2021
Esta ley tiene como finalidad la regulación de medidas para la reparación de las víctimas de represión política desde la guerra civil hasta la Constitución Española de 1978.
Se recoge la localización, identificación y exhumación de los cadáveres de las víctimas que permanecen aún en fosas comunes de Cantabria, su censo, la creación de un banco de ADN, así como la retirada de símbolos contrarios a la memoria histórica y democrática, y la declaración de lugares y sendas de memoria, incluyéndose elaboración de un mapa de fosas.
Se prevé la elaboración de un Plan estratégico de memoria histórica y democrática por el Gobierno autonómico, así como la creación del Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Cantabria, cuyas competencias se asumen hasta su creación por la Dirección General con competencia en materia de memoria histórica y democrática.
Se establece un régimen sancionador, en el que se tipifican las infracciones y se regula el procedimiento con acción pública de denuncia.
Se configura la colaboración de los ayuntamientos cántabros con la Administración autonómica, por ejemplo en la retirada de la simbología contraria a esta ley o en la vigilancia de los restos encontrados, y la obligación de comunicar los hallazgos al Ayuntamiento quien a su vez debe informar a la Consejería competente.
Vigencia desde: 25-11-2021
PREÁMBULO.
I
II
III
IV
V
TÍTULO PRELIMINAR.
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto y finalidad.
Artículo 2.
Principios generales.
Artículo 3.
Medidas.
Artículo 4.
Definiciones.
TÍTULO I.
Sobre las víctimas
CAPÍTULO I.
De las víctimas y su censo
Artículo 5.
Identificación de las víctimas.
Artículo 6.
Censo de víctimas.
CAPÍTULO II.
Del proceso de exhumación
Artículo 7.
Mapas de localización de restos.
Artículo 8.
Procedimiento para el desarrollo de actividades de localización, exhumación e identificación de restos.
Artículo 9.
Acceso a los terrenos.
Artículo 10.
Hallazgo casual de restos humanos.
Artículo 11.
Traslado de los restos y pruebas genéticas.
Artículo 12.
Denuncia y personación ante los órganos jurisdiccionales.
TÍTULO II.
Reparación a las víctimas
CAPÍTULO I.
Reparación y reconocimiento
Artículo 13.
Reparación y reconocimiento de las víctimas.
Artículo 14.
Día de la Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Artículo 15.
Fosas comunes en cementerios.
Artículo 16.
Reparación por trabajos forzados.
Artículo 17.
Investigación científica y divulgación.
CAPÍTULO II.
Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática
Artículo 18.
Lugar de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Artículo 19.
Senda de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Artículo 20.
Inventario de Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Artículo 21.
Procedimiento de inscripción.
Artículo 22.
Modificación y cancelación de la inscripción.
Artículo 23.
Efectos de la inscripción y anotación preventiva.
Artículo 24.
Obligaciones de las personas titulares.
Artículo 25.
Régimen de protección y conservación.
Artículo 26.
Protección en relación con instrumentos de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
Artículo 27.
Difusión e interpretación.
Artículo 28.
Medidas de fomento en relación con los lugares inscritos.
CAPÍTULO III.
De las garantías de no repetición
Artículo 29.
Del reconocimiento a las víctimas y a la memoria histórica y democrática.
Artículo 30.
Retirada de simbología contraria a la memoria histórica y democrática.
Artículo 31.
Procedimiento para ordenar la retirada de la simbología contraria a la memoria histórica y democrática.
TÍTULO III.
Documentos de la memoria histórica y democrática de Cantabria
Artículo 32.
Documentos de la memoria histórica y democrática de Cantabria y su protección.
Artículo 33.
Preservación y adquisición de documentos de la memoria histórica y democrática de Cantabria.
Artículo 34.
Derecho de acceso a los documentos.
TÍTULO IV.
Reconocimiento del movimiento asociativo
Artículo 35.
Reconocimiento de la labor y relevancia del movimiento asociativo.
Artículo 36.
Registro de Entidades de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
Artículo 37.
Fomento de la actividad asociativa.
TÍTULO V.
Actuación y organización administrativa
CAPÍTULO I.
Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
Artículo 38.
Consejo de la Memoria Histórica y Democrática.
Artículo 39.
La Comisión de la Memoria.
CAPÍTULO II.
Planificación y seguimiento
Artículo 40.
Plan de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
CAPÍTULO III.
Colaboración y cooperación administrativa
Artículo 41.
Colaboración en investigación y divulgación de la Memoria Histórica y Democrática.
Artículo 42.
Medidas en materia de educación.
Artículo 43.
Colaboración interadministrativa.
TÍTULO VI.
Régimen sancionador
CAPÍTULO I.
Disposiciones generales
Artículo 44.
Acción pública y obligación de comunicación.
Artículo 45.
Sujetos responsables.
Artículo 46.
Potestad sancionadora.
Artículo 47.
Caducidad del procedimiento.
Artículo 48.
Reposición de la situación alterada.
Artículo 49.
Concurrencia de infracciones.
Artículo 50.
Prescripción de las infracciones.
Artículo 51.
Prescripción de las sanciones.
CAPÍTULO II.
Infracciones y sanciones en materia de memoria histórica y democrática
Artículo 52.
Concepto y tipos de infracciones.
Artículo 53.
Infracciones leves.
Artículo 54.
Infracciones graves.
Artículo 55.
Infracciones muy graves.
Artículo 56.
Sanciones pecuniarias.
Artículo 57.
Sanciones accesorias.
Disposiciones adicionales.
Disposición adicional primera.
Consejo de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
Disposición adicional segunda.
Retirada de simbología contraria a la memoria histórica y democrática
Disposición adicional tercera.
Reparación personal a quienes padecieron condenas y sanciones
Disposición adicional cuarta.
Inscripción de defunción de las víctimas desaparecidas
Disposición adicional quinta.
Silencio administrativo en el caso de procedimientos iniciados a solicitud del interesado
Disposición adicional sexta.
Naturaleza jurídica de los restos humanos recuperados
Disposiciones transitorias.
Disposición transitoria primera.
Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley
Disposición transitoria segunda.
Competencias del Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa
Disposiciones finales.
Disposición final primera.
Desarrollo normativo
Disposición final segunda.
Entrada en vigor