Informe sobre la aplicación de las reglas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las entidades locales de Castilla y León


Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, por la que se ordena la publicación de las resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda en relación al informe de las consecuencias económico-financieras de la aplicación de las medidas establecidas en la Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las entidades locales de Castilla y León, ejercicios 2010-2017, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

BOCL 106/2021 de 3 de Junio de 2021

Mediante esta resolución se publican las resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda a la vista del Informe de las consecuencias económico-financieras de la aplicación de las medidas establecidas en la Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las entidades locales de Castilla y León, ejercicios 2010-2017, del Consejo de Cuentas de Castilla y León y que establecen lo siguiente:

- Que las entidades locales deben evaluar las consecuencias de la reducción de las inversiones de capital, valorando sus efectos, y estudiando planes plurianuales de inversión dentro del marco legislativo vigente en cada momento, ya que se trata de gastos de carácter productivo que inciden en la creación de empleo y en la recuperación económica.

- Que las entidades locales cuyo capital vivo esté por encima del 75% de sus ingresos corrientes liquidados, y, sobre todo si superan el 110%, deben controlar su nivel de endeudamiento financiero, así como también el endeudamiento comercial las que superen los periodos medios de pago a proveedores.

- Las entidades locales pueden emplear su remanente de tesorería, una vez aplicado el destino del superávit en contabilidad nacional, para gastos generales, por lo que deben tener claro dónde deben hacer mayor esfuerzo presupuestario para evitar la existencia de capitales líquidos inmovilizados por encima de las necesidades de tesorería.

- Instar a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de España a promover las modificaciones legales oportunas para llevar a efecto el acuerdo consensuado por todas las fuerzas políticas en el seno de la Federación Española de Municipios y Provincias, contenido en la Proposición no de Ley aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en su sesión de 22/7/2020 y que se resumen en las siguientes:

* Que en el marco de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, flexibilice la regla de gasto para todas las Entidades Locales con superávit, con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos en la Disposición Adicional sexta de la referida Ley Orgánica.

* Que se elimine por el Gobierno el límite de la previsión de estabilidad presupuestaria en la liquidación de 2020 para la aplicación del 20% del destino del superávit a que hace referencia el Real Decreto-ley 8/2020.

* Que se autorice a que el superávit y remanentes se puedan destinar a cualquier tipo de actuación, ya sea de gasto corriente o inversión, y prioritariamente a atender los gastos extraordinarios como consecuencia de la situación actual de crisis sanitaria.

* Que se prorroguen los plazos para poder ejecutar en 2021 las inversiones financieramente sostenibles financiadas con cargo al superávit 2018, que se han visto afectadas por la suspensión de plazos administrativos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre), se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de las Resoluciones relativas al Informe de las consecuencias económico-financieras de la aplicación de las medidas establecidas en la Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las entidades locales de Castilla y León, ejercicios 2010-2017, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban «Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León», se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de las citadas Resoluciones de la Comisión de Economía y Hacienda.

La Comisión de Economía y Hacienda, en su sesión del día 20 de mayo de 2021 a la vista del Informe de las consecuencias económico-financieras de la aplicación de las medidas establecidas en la Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las entidades locales de Castilla y León, ejercicios 2010-2017, del Consejo de Cuentas de Castilla y León

ACUERDA

1. 

En el marco del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, regla de gasto y sostenibilidad financiera, las entidades locales deben evaluar las consecuencias de la disminución de las inversiones de capital, valorando sus efectos, y estudiando planes plurianuales de inversión dentro del marco legislativo vigente en cada momento, ya que se trata de gastos de carácter productivo que inciden en la creación de empleo y en la recuperación económica.

2. 

Aquellas entidades locales cuyo capital vivo se sitúa por encima del 75% de sus ingresos corrientes liquidados, y, especialmente, aquellas en que lo hace por encima del 110% de los mismos, deben vigilar su nivel de endeudamiento financiero. También, deben vigilar el nivel de endeudamiento comercial las entidades que superen los periodos medios de pago a proveedores. En ambos casos, para dar cumplimiento al principio de sostenibilidad de un tipo de deuda y otro, según se prevé en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

3. 

Las entidades locales deben estudiar qué necesidades, dentro del ámbito de sus competencias, son susceptibles de recibir un mayor esfuerzo presupuestario, puesto que, una vez aplicado el destino del superávit en contabilidad nacional, según lo previsto en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las entidades locales podrán utilizar, conforme a la normativa de haciendas locales, su remanente de tesorería para gastos generales. De esta forma se evitaría la existencia de capitales líquidos inmovilizados por encima de las necesidades de tesorería.

4. 

Se respete y garantice la autonomía y suficiencia financiera como base de la gestión de las Entidades Locales que la Constitución española consagra en sus artículos 137 y 142, para ello tras la no convalidación por las Cortes Generales del Decreto-Ley 27/2020, las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de España a promover las modificaciones legales oportunas para llevar a efecto el acuerdo consensuado por todas las fuerzas políticas en el seno de la Federación Española de Municipios y Provincias, contenido en la Proposición No de Ley aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en su sesión celebrada el pasado 22 de julio de 2020 y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de 28 de julio de 2020 del siguiente tenor literal:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para:

1. Que el Gobierno de España, en el marco de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, flexibilice la regla de gasto para todas las Entidades Locales con superávit, con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos en la Disposición Adicional sexta de la referida Ley Orgánica.

2. Que el Gobierno suprima el límite de la previsión de estabilidad presupuestaria en la liquidación de 2020 para la aplicación del 20% del destino del superávit a que hace referencia el Real Decreto-ley 8/2020.

3. Que se autorice a que el superávit y remanentes se puedan destinar a cualquier tipo de actuación, ya sea de gasto corriente o inversión, y prioritariamente a atender los gastos extraordinarios como consecuencia de la situación actual de crisis sanitaria.

4. Que el gobierno prorrogue los plazos para poder ejecutar en 2021 las inversiones financieramente sostenibles financiadas con cargo al superávit 2018, que se han visto afectadas por la suspensión de plazos administrativos.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de mayo de 2021.

La Vicepresidenta de la Comisión de Economía y Hacienda, Fdo.: María Teresa Gago López

El Secretario de la Comisión de Economía y Hacienda, Fdo.: Luis Briones Martínez

En la sede de las Cortes de Castilla y León

2021-05-20. El Presidente de las Cortes de Castilla y León, Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez