Orden HAC/667/2020, de 17 de julio, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
Vigente desde 22/07/2020 | BOE 199/2020 de 22 de Julio de 2020
Con esta norma se publican las cantidades concretas que corresponden a cada comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla en la distribución del Fondo COVID-19, creado para dotarlas de mayor financiación, mediante transferencias, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.
el libramiento de estos recursos se hará efectivo antes de finalizar el mes de julio de 2020El libramiento de estos recursos se debe hacer efectivo antes de finalizar el mes de julio de 2020.
Vigencia desde: 22-07-2020
La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, previsto en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.
Con este fin, se dota un crédito extraordinario en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19», cuya distribución territorial se articula de acuerdo a los tramos y criterios de distribución recogidos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.
El importe del tramo 1, de 6.000.000.000 euros, se repartirá sobre la base de los criterios establecidos en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, fundamentalmente asociados al gasto sanitario.
Por lo que se refiere a la habilitación normativa para determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, el apartado 1 del artículo 3 del mencionado real decreto-ley atribuye esta potestad a la persona titular del Ministerio de Hacienda.
En su virtud, dispongo:
1. Conforme al apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por la presente orden se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, previsto en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado.
2. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el real decreto-ley respecto al tramo 1, sobre la base de los datos que figuran en el anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos con cargo a la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19»:
3. De acuerdo a lo establecido en el apartado 6 del artículo 3 del real decreto-ley, el libramiento de estos recursos se hará efectivo antes de finalizar el mes de julio de 2020, tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente orden.
4. La participación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra en el tramo 1 del fondo y su libramiento se establecen de acuerdo a los términos, criterios y plazos previstos en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio. Dicha participación se establecerá, respectivamente, en la Comisión Mixta del Concierto Económico y en la Comisión Coordinadora del Convenio Económico.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de julio de 2020.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
En la tabla adjunta se muestra la población protegida equivalente por el Sistema Nacional de Salud, de 2020, conforme al certificado emitido el pasado 13 de febrero de 2020 por la directora general de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (actual directora general de Cartera Común de Servicios del S.N.S. y Farmacia) a los efectos de lo previsto en el artículo 9.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
Comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla | Población protegida equivalente total 2020 |
---|---|
Cataluña. | 7.838.105 |
Galicia. | 3.157.930 |
Andalucía. | 8.362.612 |
Principado de Asturias. | 1.237.596 |
Cantabria. | 647.110 |
La Rioja. | 348.562 |
Región de Murcia. | 1.463.664 |
Comunitat Valenciana. | 5.103.998 |
Aragón. | 1.474.000 |
Castilla-La Mancha. | 2.097.408 |
Canarias. | 2.078.974 |
Extremadura. | 1.154.189 |
Illes Balears. | 1.135.571 |
Madrid. | 6.869.715 |
Castilla y León. | 2.804.049 |
País Vasco. | 2.540.405 |
Navarra. | 698.514 |
Melilla. | 65.775 |
Ceuta. | 69.349 |
Total. | 49.147.526 |
Número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado ingreso en UCI a 30 de abril de 2020.
En la tabla adjunta se muestra el número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado ingreso en UCI, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación.
Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla | Total ingresados en UCI a 30 abril 2020 |
---|---|
Cataluña. | 2.795 |
Galicia. | 313 |
Andalucía. | 729 |
Principado de Asturias. | 118 |
Cantabria. | 79 |
La Rioja. | 88 |
Región de Murcia. | 109 |
Comunitat Valenciana. | 694 |
Aragón. | 253 |
Castilla-La Mancha. | 596 |
Canarias. | 175 |
Extremadura. | 108 |
Illes Balears. | 163 |
Madrid. | 3.392 |
Castilla y León. | 531 |
País Vasco. | 544 |
Navarra. | 132 |
Melilla. | 3 |
Ceuta. | 4 |
Total. | 10.826 |
Número de pruebas realizadas mediante PCR a 30 de abril de 2020.
En la tabla adjunta se muestra el número de pruebas realizadas mediante PCR, relacionadas con el diagnóstico y seguimiento del SARS-CoV-2, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación.
Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla | PCR totales a 30 de abril de 2020 |
---|---|
Cataluña. | 234.622 |
Galicia. | 102.928 |
Andalucía. | 100.665 |
Principado de Asturias. | 45.225 |
Cantabria. | 24.634 |
La Rioja. | 21.453 |
Región de Murcia. | 21.545 |
Comunitat Valenciana. | 115.377 |
Aragón. | 22.399 |
Castilla-La Mancha. | 46.313 |
Canarias. | 66.015 |
Extremadura. | 19.811 |
Illes Balears. | 34.015 |
Madrid. | 278.718 |
Castilla y León. | 86.662 |
País Vasco. | 102.269 |
Navarra. | 26.367 |
Melilla. | 1.226 |
Ceuta. | 886 |
Total. | 1.351.130 |
Número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado hospitalización a 30 de abril de 2020.
En la tabla adjunta se muestra el número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado hospitalización, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación.
Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla | Total hospitalizados a 30 de abril de 2020 |
---|---|
Cataluña. | 26.932 |
Galicia. | 2.759 |
Andalucía. | 5.935 |
Principado de Asturias. | 1.048 |
Cantabria. | 1.009 |
La Rioja. | 1.433 |
Región de Murcia. | 638 |
Comunitat Valenciana. | 5.126 |
Aragón. | 2.494 |
Castilla-La Mancha. | 8.618 |
Canarias. | 914 |
Extremadura. | 1.565 |
Illes Balears. | 1.085 |
Madrid. | 40.293 |
Castilla y León. | 8.010 |
País Vasco. | 6.607 |
Navarra. | 1.977 |
Melilla. | 44 |
Ceuta. | 10 |
Total. | 116.497 |