Modificación de la renta garantizada de ciudadanía y armonización de las prestaciones sociales con el ingreso mínimo vital en Cataluña


Decreto Ley 28/2020, de 21 de julio, por el que se modifica la Ley 14/2017, de 20 de julio, de la renta garantizada de ciudadanía y se adoptan medidas urgentes para armonizar prestaciones sociales con el ingreso mínimo vital.

Vigente desde 23/07/2020 | DOGC 8184/2020 de 23 de Julio de 2020

La finalidad de esta norma es la coordinación eficiente entre las administraciones públicas que tienen competencias en materia de rentas mínimas en Cataluña, la modificación de la regulación de la renta garantizada de ciudadanía (RGC) aprobada por la Ley 14/2017, para otorgarle seguridad jurídica de cara a los ciudadanos, y la correcta implantación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en Cataluña, ya que no ha podido aplicarse inmediatamente tras su aprobación por el RD-ley 20/2020 pues no se ha publicado hasta ahora ninguna norma reglamentaria de desarrollo, ni suscrito los convenios ni protocolos previstos en el mismo.

Por tanto este Decreto-ley regula la coordinación entre la RGC y el IMV, así como la reducción de los plazos de resolución emitida por la Generalitat de Cataluña:

- Reduce el plazo de resolución de la RGC de los solicitantes del IMV que han visto denegada la solicitud del INSS.

- Reduce el plazo de resolución de la prestación complementaria a las ayudas, pensiones y prestaciones estatales al ingreso mínimo vital por parte de los solicitantes del IMV que han visto aprobada su solicitud de IMV.

- Dispone la no devolución del importe percibido de la RGC máximo hasta tres meses, dado el carácter subsidiario de la RGC con el IMV, por parte de los ya perceptores de la RGC que tengan derecho al IMV.

- Garantiza el cobro de la prestación de la RGC o la prestación complementaria a las ayudas, pensiones y prestaciones estatales vigentes y reconocidas hasta el momento en que se estime el IMV, para las solicitudes presentadas hasta el 15 de diciembre de 2020.

- Acuerda la suspensión del plazo de resolución y notificación de la RGC o la prestación complementaria a las ayudas, pensiones y prestaciones estatales hasta la notificación de la resolución del IMV para las solicitudes de la RGC pendientes de resolver antes del 15 de junio 2020.

- Armoniza elementos técnicos y procedimentales entre la RGC y el IMV para dar seguridad jurídica al ciudadano, como los métodos de presentación de la solicitud y la documentación correspondiente a través de declaraciones responsables.

Vigencia desde: 23-07-2020

Exposición de motivos 


II 

Capítulo 1. 
Medidas urgentes para armonizar la prestación de la renta garantizada de ciudadanía al ingreso mínimo vital

Artículo 1. 
Modificación del artículo 25

Artículo 2. 
Modificación del artículo 26

Artículo 3. 
Nueva disposición adicional

Artículo 4. 
Adición de disposición transitoria

Artículo 5. 
Adición de disposición transitoria

Artículo 6. 
Modificación del artículo 43

Artículo 7. 
Modificación del artículo 45

Artículo 8. 
Modificación del artículo 47

Capítulo 2. 
Medidas urgentes para armonizar las prestaciones económicas complementarias a las ayudas, las pensiones y las prestaciones estatales al ingreso mínimo vital

Artículo 9. 
Modificación del artículo 21

Artículo 10. 
Nueva disposición adicional

Artículo 11. 
Nueva disposición transitoria

Artículo 12. 
Modificación del artículo 24

Artículo 13. 
Modificación del artículo 26.bis

DISPOSICIÓN FINAL 

Disposición Final Primera. 
Entrada en vigor